La ley de nacionalidad argentina tiene un sistema dual que acepta los conceptos jurídicos romanos ius soli e ius sanguinis.
Argentina es un estado miembro del Mercosur y un estado asociado de la Comunidad Andina, por lo tanto, todas las personas que sean titulares de un pasaporte argentino o un DNI argentino tienen derecho a circular, trabajar y vivir libremente sin necesidad de un visado en cualquier país de América del Sur, excepto Surinam y Guyana.
Cualquier persona nacida en el territorio argentino adquiere la ciudadanía argentina al momento de su nacimiento, exceptuando los hijos de personas al servicio de un gobierno externo como los diplomáticos extranjeros.
Argentina acepta ius sanguinis, significando que el niño/niña que haya nacido en el extranjero pero siendo al menos uno de sus padres un argentino nativo, adquiere la ciudadanía argentina, siempre que se hagan los trámites de solicitud que correspondan.
Las leyes actuales que tratan la nacionalidad y la ciudadanía (Ley 346, Ley 23.059, y Decreto 3.213/84) ponen requisitos muy sencillos:
La ciudadanía puede ser negada si los solicitantes:
Como la ley de ciudadanía ha existido esencialmente sin cambios desde 1869 (con modificaciones por las leyes 16.801, 20.835, 24.533 y 24951), hay muchos precedentes basados en que la Corte Suprema puede resolver casi cualquier problema relacionado con la inmigración. La ciudadanía se ha otorgado a inmigrantes que no residían legalmente, trabajaban sin un permiso legal o ingresaban ilegalmente al país y, en casos excepcionales, incluso a inmigrantes con antecedentes penales.
En 2011, la Cámara Federal de Paraná estableció que nadie puede ser considerado un extranjero ilegal en Argentina, ya que el concepto de legalidad se aplica únicamente a las acciones que violan las leyes penales. La violación de la ley de inmigración es un problema administrativo simple que puede remediarse al solicitar la residencia o la ciudadanía.
El requisito de residencia continua de dos años significa que los solicitantes deben hacer de Argentina su hogar. Sin embargo, dado que los solicitantes disfrutan de los mismos derechos civiles que los argentinos, incluido el derecho a viajar, pueden abandonar el país.
Por razones históricas, los tribunales federales siguen siendo reacios a reconocer los derechos de los inmigrantes "irregulares". Generalmente solicitan los siguientes requisitos relacionados con la abolida ley 21.795:
La doble ciudadanía está aceptada por Argentina, en países con los cuales la Argentina ha suscripto un Convenio de Doble Nacionalidad, los cuales son: Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, España, Estados Unidos hasta el 20 de octubre de 1981, Honduras, Italia, Nicaragua, Noruega, Panamá y Suecia. Sin embargo, los ciudadanos con doble nacionalidad solo se reconocen como ciudadanos argentinos dentro del territorio argentino, y deben ingresar a Argentina utilizando un pasaporte argentino, excepto cuando lo visitan por menos de 180 días, en cuyo caso pueden ingresar y salir utilizando su pasaporte extranjero.
La nacionalidad argentina es irrenunciable de acuerdo lo establecido por el artículo 16 del Decreto Reglamentario 3213/84, complementario a la Ley 346 de Nacionalidad Argentina.
La disposición transitoria primera de la Constitución de la Nación Argentina establece desde 1994 que:
Además, la ley nacional argentina N.º 346 establece en su artículo 1: «Son argentinos: 1.- Todos los argentinos nacidos o que nazcan en el territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres (...)» (principio de ius soli).
Por el artículo 3 de la ley N.º 23.059: «Se declaran inválidas y sin ningún efecto jurídico las pérdidas o cancelaciones de la nacionalidad argentina (...)» (principio de nacionalidad perenne).
Por lo tanto, según la legislación argentina, las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur son argentinas, y las personas nacidas en esos archipiélagos son argentinas de iure por «pertenecer al territorio nacional», y pueden solicitar un certificado de nacimiento argentino, un Documento Nacional de Identidad y un pasaporte argentino si así lo desean. Se trata de una decisión totalmente voluntaria de quienes tienen el derecho de hacerlo.
Asimismo, a pesar de que esos territorios estén considerados por Argentina como «ocupados ilegalmente por el Reino Unido», la ley reconoce que los nacidos allí no pierden su ciudadanía natural argentina, aunque acepten ser ciudadanos de otro Estado extranjero.
El 17 de febrero de 1933, el subsecretario de Relaciones Exteriores y Culto, Carlos A. Alcorta, dirigió una circular a todas las misiones diplomáticas de la Argentina, advirtiendo que las personas nacidas en las islas Malvinas eran «de nacionalidad argentina» y, por lo tanto, no podía visárseles el pasaporte británico sino que «debía serles extendido» un pasaporte argentino.
En 2003, Rodolfo Terragno presentó un proyecto de ley ante el Congreso Nacional Argentino para modificar la ley 346, incorportando los siguientes artículos:
Numerosos malvinenses y sus descendientes han adoptado la nacionalidad argentina, entre ellos Alejandro Betts, James Peck, James Douglas Lewis, Yolanda Bertrand, Soledad Rende, Derek Rozee, Ethel Turner, Pablo Betts (hijo de Alejandro), Juan Alejandro Reid (hijo del argentino Reynaldo Ernesto Reid), James Lewis, Frank Ushuaia Lewis, entre muchos otros. Algunos de ellos han tramitado sus documentos argentinos en Ushuaia, ya que debido a la ley nacional 26552 que estableció los límites de la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, las Malvinas forman parte de la misma. Algunos de ellos también participan junto con la delegación argentina ante el Comité de Descolonización de las Naciones Unidas. Los descendientes de malvinenses nacidos antes de 1833 conservaron su ciudadanía argentina.
En la provincia de Santa Cruz a finales del siglo XIX y a lo largo del siglo XX muchos malvinenses se asentaron en las estancias de cría de ovejas, principalmente como esquiladores y propietarios de campos o comercios, ayudando en el nacimiento de nuevos poblados y manteniendo vínculos entre las islas y el continente. Carlos María Moyano, primer gobernador del Territorio Nacional de Santa Cruz, se casó con una joven kelper. Los malvinenses también han dejado descendencia al casarse y tener hijos con argentinos. Hay descendientes de malvinenses de segunda y tercera generación habitando en Santa Cruz. En 2014, el Observatorio Patagónico sobre la Cuestión Malvinas comenzó a desarrollar el proyecto «Enlace Malvinas. Raíces del futuro», del que participan integrantes de familias de la Patagonia Argentina que son descendientes de malvinenses para dar a conocer los lazos históricos y culturales que existen entre pobladores de la Patagonia y las Malvinas.
El 1 de mayo de 1922, el vicecónsul británico en Punta Arenas, Chile, informó que el cónsul argentino se había negado a visar el pasaporte de un súbdito británico, nacido en las Malvinas, sosteniendo que los nacidos de las Malvinas «eran ciudadanos argentinos ipso facto». El 6 de mayo de 1927, el entonces ministro de Guerra, Agustín P. Justo, se dirigió al entonces ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Ángel Gallardo, para efectuarle una consulta relativa a una solicitud de enrolamiento, presentada por Juan Walker, nacido en las Malvinas. En la nota, Justo decía:
El consejero legal Isidoro Ruiz Moreno dictaminó el 20 de mayo que, «considerándose a las islas como parte del territorio argentino, el hecho que a causa de un acto de fuerza la República Argentina se viera imposibilitada de hacer efectivo el territorio de su soberanía no obstaba al empadronamiento solicitado». Walker fue enrolado, trámite que se cumplió en Puerto San Julián, provincia de Santa Cruz.
En octubre de 1974, Pedro Mc Leod, recibió su Documento Nacional de Identidad argentino en manos de la entonces Presidenta María Estela Martínez de Perón en su despacho en Casa Rosada.
Ricardo Patterson, nacido en Puerto San Julián, provincia de Santa Cruz, es el único descendiente de malvinenses en acceder a una banca en el Congreso Nacional Argentino. Fue diputado nacional por su provincia entre 1993-1997 y 1999-2003.
En junio de 2014 Alejandro Betts gestionó su nuevo DNI en Ushuaia y se hizo anotar la dirección que tenía en Puerto Argentino/Stanley (número 1 de calle Hebe) antes del conflicto de 1982. Betts es el único malvinense radicado en la Argentina continental que posee en su documento un domicilio de las islas. Debido a esto, en 2015, el Juzgado Electoral de la provincia de Tierra del Fuego y la Junta Electoral Municipal de Ushuaia invitaron a Betts participar de las elecciones provinciales en dicha ciudad por ser ciudadano fueguino, votando en la Primera Sección Electoral y en la Mesa N.º 1 de la capital provincial. Es la primera vez que un ciudadano argentino nacido en las Malvinas está empadronado en las islas y en condiciones de votar en Tierra del Fuego.
Al día siguiente de emitir su voto el 21 de junio, se anunció que Betts sería candidato al Parlamento del Mercosur por la provincia de Tierra del Fuego. Betts se convirtió así en el primer malvinense que se postulaba para un cargo nacional en la Argentina.
Para las elecciones primarias del 9 de agosto de 2015, el padrón de electores de Tierra del Fuego incorporó a cinco ciudadanos argentinos nacidos en las Malvinas y radicados en territorio continental.
El último malvinense hasta el momento en solicitar su Documento Nacional de Identidad argentino, y de esta forma, reafirmando la soberanía argentina sobre el archipiélago, fue Jamie Falkland Anderson (nacido en la isla Dunbar) en el año 2017.
Emilio Marcos Palma, nacido en la base Esperanza, en la península antártica, fue la primera persona nacida en el continente antártico y su nacimiento es el más austral que se registra en la historia. También es el único hombre de quien se sabe que nació por primera vez en un continente. Por tales motivos, está registrado en el Libro Guinness de Récords. María de las Nieves Delgado fue la primera niña antártica, nacida en la Base Esperanza el 27 de marzo de 1978, hija de Juana Paula Benítez de Delgado y el Sargento Cocinero Néstor Antonio Delgado. Para 1980 habían nacido seis niños más en la base: Rubén Eduardo de Carli (21 de septiembre de 1979), Francisco Javier Sosa (11 de octubre de 1979), Silvina Analía Arnouil (14 de enero de 1980), José Manuel Valladares Solís (24 de enero de 1980), Lucas Daniel Posse (4 de febrero de 1980) y María Sol Cosenza (3 de mayo de 1983). Estas personas son ciudadanos argentinos, en virtud del concepto jurídico ius sanguinis, ya que el concepto ius soli no se aplica a la Antártida, en virtud del Tratado Antártico.
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