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Estado del Perú



El Estado Peruano —que conceptualmente es la Nación Peruana jurídicamente organizada— es la entidad que ejerce el gobierno en la República del Perú. La estructura del Estado está definida en la Constitución Política del Perú aprobada mediante referéndum, promulgada a finales de 1993 y vigente desde el 1 de enero de 1994. En la Constitución Política del Perú está establecido que la República del Perú es democrática, social,[1]independiente y soberana. Su gobierno es unitario,[2]representativo y organizado según el principio de separación de poderes, ejercido por un Estado unitario.

Los poderes son el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial. Además, la Constitución establece diez organismos denominados «constitucionalmente autónomos», de funciones específicas e independientes de los tres poderes del Estado. Dichos organismos son: el Tribunal Constitucional, el Ministerio Público,la Junta Nacional de Justicia, la Contraloría General de la República, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva y la Defensoría del Pueblo. El gobierno peruano es directamente elegido, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos entre los 18 y 70 años.[3]

El Congreso de la República del Perú o Congreso Nacional del Perú,[4]​ es el órgano que ejerce el poder legislativo en la República del Perú, ocupando una posición principal dentro del Estado Peruano. Es, desde 1995, un congreso unicameral por cuanto está conformado por una sola cámara legislativa inicialmente de 120 congresistas y partir del 28 de julio de 2011 por 130 congresistas, elegidos por múltiple distritos (por cada departamento de acuerdo a la población electoral) para un período de cinco años, coincidiendo con el período presidencial. El sistema electoral aplicado es el del voto proporcional preferencial. El actual congreso se instaló el 26 de julio de 2016 y fue disuelto el 30 de septiembre de 2019.

Su sede principal es el Palacio Legislativo del Perú, ubicado en el centro histórico de Lima, a escasas cuadras de la Casa de Pizarro.

El Poder Ejecutivo Nacional es el órgano ejecutivo del Estado Peruano. Se trata de un órgano unipersonal y piramidal que se encuentra en cabeza del Presidente de la República del Perú, funcionario que debe ser elegido cada cinco años por sufragio directo, secreto, universal y obligatorio, en doble vuelta junto con los candidatos a vicepresidentes.

La presidencia del Perú es ejercida por un período de 5 años sin posibilidad de reelección inmediata. Luego de un período constitucional, como mínimo, quien haya ejercido el cargo puede volver a postular. El cambio de mando se realiza cada cinco años, el día 28 de julio, en el Congreso de la República. El actual presidente constitucional de la República desde el 17 de noviembre de 2020 es Francisco Sagasti Hochhausler, quien siguiendo la línea de sucesión presidencial asumió el mando luego de la vacancia al presidente Martín Vizcarra y la renuncia de Manuel Merino tras una serie de protestas en el país, debiendo completar el periodo presidencial iniciado el 28 de julio de 2016 hasta el 28 de julio de 2021.

El Poder Judicial es un organismo autónomo de la República del Perú constituido por una estructura jerárquica de estamentos, que ejercen la potestad de administrar justicia, está encabezado por un presidente electo entre los vocales supremos y por la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú que tiene en todo el territorio. El segundo nivel jerárquico lo forman las Cortes Superiores de Justicia con competencia en todo un Distrito Judicial. El tercer nivel es formado por los Juzgados de Primera Instancia cuya competencia es, aproximadamente, provincial. Luego,se encuentran los Juzgados de Paz Letrados, con competencia distrital.Y finalmente los Juzgados de Paz (no letrados), encargados de resolver asuntos judiciales sencillos.

El Ministerio Público es el organismo constitucional autónomo del Estado Peruano que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública; la persecución del delito y la reparación civil.

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) es un organismo constitucional autónomo encargado de nombrar, ratificar y destituir a los jueces y fiscales de todos los niveles en la República del Perú.[6]​ Asimismo, tiene la potestad de nombrar, renovar en el cargo o destituir al jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).

La Contraloría General de la República es un organismo constitucional autónomo del Estado Peruano encargado de controlar los bienes y recursos públicos del país.

Tiene su sede central en Jesús María, Lima, Perú, y para su desempeño desconcentrado cuenta con las Oficinas de Coordinación Regional Lima Metropolitana, Lima Provincias, Centro (Huancayo), Norte (Chiclayo) y Sur (Arequipa), así como con 20 Oficinas Regionales de Control en las ciudades de Abancay, Ayacucho, Cajamarca, Chachapoyas, Chimbote, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Huaraz, Ica, Iquitos, Moquegua, Moyobamba, Piura, Pucallpa, Puerto Maldonado, Puno, Tacna, Trujillo y Tumbes.

Es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que cautela el uso eficiente, eficaz y económico de los recursos del Perú, la correcta gestión de la deuda pública, así como la legalidad de la ejecución del presupuesto del sector público y de los actos de las instituciones sujetas a control; coadyuvando al logro de los objetivos del Estado en el desarrollo nacional y bienestar de la sociedad peruana”.

La Contraloría General tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como, contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadanía para su adecuada participación en el control social.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) es un organismo constitucional autónomo del Estado Peruano. Tiene como finalidad fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, los procesos electorales y las consultas populares, garantizando el respeto a la voluntad ciudadana. En consecuencia es el órgano encargado de proclamar los resultados electorales y otorgar los reconocimientos o credenciales correspondientes a las autoridades electas. Así mismo, tiene como función el dictar resoluciones de carácter general, para reglamentar y normar las disposiciones electorales.

Así mismo, el jurado revisa en grado de apelación las resoluciones expedidas en primera instancia por los Jurados Electorales Especiales y resuelve en definitiva las controversias sobre materia electoral. También decide en segunda y última instancia sobre los casos de vacancias declaradas por los Consejos Regionales y Municipales.

Es un órgano colegiado, cuyos cinco integrantes son elegidos por distintas entidades del Estado. El presidente es elegido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia, y los restante cuatro magistrados son designados por la Junta de Fiscales Supremos, por votación universal de los Abogados de Lima, y por los Decanos de Facultades de Derecho uno de las universidades públicas y otro de las privadas.

Dentro del Jurado Nacional de Elecciones se encuentra el Registro de Organizaciones Políticas, donde se mantienen inscritos los partidos políticos vigentes. Su sede se encuentra en la ciudad de Lima.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales, mejor conocida por sus siglas ONPE, es un organismo electoral constitucional autónomo que forma parte de la estructura del Estado Peruano. Es la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo.

Su finalidad es velar por que se obtenga la fiel y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales a su cargo. Con relación a las organizaciones políticas, se encarga de la verificación de firmas de adherentes de los partidos políticos en proceso de inscripción; la verificación y control externos de la actividad económico-financiera, así como brindar asistencia técnico-electoral en los procesos de democracia interna.

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), es un organismo autónomo del Estado Peruano encargado de la identificación de los peruanos, otorgando el Documento Nacional de Identidad (DNI), registrando hechos vitales como nacimientos, matrimonios, defunciones, divorcios y otros que modifican el estado civil. Durante los procesos electorales, proporciona el Padrón Electoral que se utilizará en las elecciones.

El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) es una institución autónoma peruana encargada de preservar la estabilidad monetaria dentro del país.

La Defensoría del Pueblo es un órgano constitucional autónomo creado por la Constitución Política del Perú de 1993. Tiene sede en la ciudad de Lima, capital del Perú, y tiene representación en todo el territorio peruano.

El Defensor del Pueblo es el titular de la Defensoría nacional. Representa y dirige la institución. Es elegido por el Congreso de la República por un período de cinco años. Goza de total independencia para el cumplimiento de las funciones que la Constitución le confiere. Se rige por la Constitución y su Ley Orgánica.

El Defensor del Pueblo busca una solución a problemas concretos antes de acusar a alguien. En consecuencia, no dicta sentencias, ni ordena detenciones. Su poder descansa en la persuasión, en las propuestas de modificación de conducta que formule en sus recomendaciones, en el desarrollo de estrategias de protección preventiva, en la mediación que asume para encontrar soluciones y en su capacidad de denuncia pública en casos extremos.

El nivel regional, como consta en la constitución, corresponde a las regiones y departamento. Anteriormente el Perú contaba con regiones.

Hoy en día, el país no cuenta con regiones (refiriéndose a las ciudades unidas) y se espera que cada departamento se puedan unir en conjunto para poder realizar obras para el bien común.

La administración de cada región es dirigida por un organismo llamado Gobierno Regional, integrada de un Consejo regional, una Presidencia regional y un Consejo de coordinación regional. Aunque actualmente no existe ninguna región, se han conformado GRs de ámbito departamental para liderar el proceso de regionalización.

Perú es un país fuertemente centralizado. Así, en el 2003 el gobierno central concentraba el 86% de los ingresos frente un 65% de los países de la región y un 54% de los países desarrollados; el gasto público de los gobiernos subnacionales fue del 12% frente al gasto total, mientras que en el resto de países de Latinoamérica la media del gasto público se sitúa entorno al 35%. Lima representa un 86% de la recaudación fiscal.[19]​ Los primeros esfuerzos de descentralización se iniciaron en 1985, cuando se crearon 12 regiones: este proceso no tuvo éxito debido a las pugnas por la influencia política y el reparto del presupuesto, el traspaso desorganizado de las competencias, la incoherencia con el régimen fiscal, y el sistema de elección que era por asambleas regionales. En 1992 suspendió el proceso y los sustituyó por una administración descentralizada del gobierno central llamada CTAR-Consejos Transitorios de Administración Regional- en cada departamento, y se acentuó el centralismo. En el 2001, se revitaliza el proceso descentralizador con un amplio consenso. Los principios ordenadores de la ley son: se crea los gobiernos regionales sobre la base de los departamentos históricos, se establecen incentivos para la fusión voluntaria, se define claramente las competencias, hay una neutralidad y responsabilidad fiscal, se transfiere gradualmente los servicios, hay transparencia en el proceso.

El nivel local, como consta en la constitución, corresponde a las provincias, los distritos y los centros poblados. Estas circunscripciones son administradas por municipalidades, compuestas de un Concejo Municipal y una Alcaldía, la que a su vez dirige las empresas municipales, la economía y el trabajo de cada distrito



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