El Síndico de Agravios de la Comunidad Valenciana (oficialmente, en valenciano, Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana) es el nombre del Defensor del Pueblo de la Comunidad Valenciana, en España. Su sede está en Alicante. La figura del Síndic de Greuges fue recogida por el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana de 2000. Su creación y funcionamiento se articula a través de la Ley de la Generalidad Valenciana, 11/1988, y del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Sindic de Greuges.
Para poder ser elegido Síndico de Agravios se tiene que contar con el apoyo de, al menos, dos terceras partes de los diputados de las Cortes Valencianas. La elección se hace para un período de cinco años, pudiendo ser reelegido.
La principal función del Síndico de Agravios es velar por el cumplimiento y respeto de los derechos y libertades de los ciudadanos frente a la Administración de la Comunidad Valenciana.
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