Un proceso de destitucióninglés, impeachment (pronunciado /ɪmˈpiːtʃmənt/) designa una figura del derecho en países con un modelo de gobierno presidencialista —tanto en países anglosajones como Estados Unidos como en aquellos basados en el derecho continental— por la que se puede hacer efectivo el principio de responsabilidad de los servidores o funcionarios públicos, particularmente de los más altos cargos o autoridades —jefes de Estado, jefes de Gobierno, ministros, magistrados de los tribunales superiores de justicia, generales o almirantes de las fuerzas armadas—, que se realiza ante el Parlamento o Congreso. La condena o declaración de culpabilidad del acusado puede ocasionar su destitución e incluso su inhabilitación para funciones similares, autorizar que sea juzgado por los tribunales ordinarios de justicia o tener efectos meramente políticos. En cualquier caso, la sanción o sus efectos depende de la Constitución del país.
(o simplemente destitución), juicio político o, también por su variante enEn el ámbito anglosajón, se refiere a la acusación o impugnación y suele ser el inicio de un proceso de enjuiciamiento político (generalmente en la Cámara Baja) y posteriormente juicio del acusado (en la Cámara Alta). El individuo que ha sido objeto de un proceso de destitución deberá hacer frente a la posibilidad de ser condenado por una votación del órgano legislativo, lo cual ocasionaría su destitución e inhabilitación para funciones similares. Así, por ejemplo, aunque Bill Clinton fue objeto de impeachment, no fue depuesto del cargo ya que fue exonerado por el Senado.
En América Latina es típico de sus sistemas presidencialistas y su origen está vinculado al mencionado impeachment del derecho anglosajón y al juicio de residencia del derecho indiano. Otros nombres con los que se conoce al proceso en el mundo hispano son procedimiento de destitución, proceso de revocación del mandato, moción de censura, impugnación, proceso político, juicio de desafuero, juicio público, residenciamiento, impedimento, remoción, deposición, acusación pública, acusación constitucional, acusación en juicio político, vacancia o reprobación.
La palabra impeachment proviene del inglés medio empēchement, que, según el Middle English Dictionary, significaba ‘estorbo’ (hindrance), ‘impedimento’ (impediment), ‘obstáculo’ (obstacle), ‘obstrucción’ (obstruction), ‘acusación legal o cargo’ (legal accusation or charge), ‘acto de cuestionar o desacreditar’ (act of calling into question or discrediting), ‘impugnación de un reclamo o derecho’ (challenge to a claim or right). Este vocablo tiene dos posibles orígenes:
De acuerdo al Oxford English Dictionary, las voces empechier, empeechier y empescher en francés antiguo (así como el francés moderno empêcher ‘prevenir’ [to prevent]) derivan del latín tardío impedicāre ‘atrapar, enredar’ (to catch; to entangle), presente infinitivo activo del latín impedicō ‘enredar, encadenar’ (to entangle; to fetter), a partir de im- (variante de in-) + pedica ‘grillos, grillete, lazo, trampa’ (fetter, shackle; snare, trap), de pēs ‘pie’ (foot), en última instancia, surgido del protoindoeuropeo *ped- ‘pisar, caminar, caer, tropezar’ (to step, walk; to fall, stumble) + la partícula de tercera declinación -ō. La misma obra advierte que en las definiciones de accusation, charge («acusación, cargo») y accusation and prosecution of a person of treason of other high crime or misdemeanour before a competent tribunal («acusación y enjuiciamiento de una persona de traición de otro delito grave o delito menor ante un tribunal competente»), la voz impeachment era relacionada con el latín medieval impetītio, a partir de impetere, presente infinitivo activo de impetō ‘asaltar, atacar, apresurarse’ (to assail, attack, rush upon); sin embargo, ambas palabras no tienen conexión etimológica.
El impeachment es una antigua institución del common law que surgió en el siglo XIV en Inglaterra, una monarquía parlamentaria donde la Corona nunca podía ser procesada en casos penales o civiles. Esta inviolabilidad real se expresaba con el popular aforismo «el rey no puede actuar ilegalmente» (the king can do no wrong en inglés, rex non potest peccare en latín), protección que se extendía a los agentes de la Corona, por lo que era imposible en ese momento presentar un cargo contra la Corona en la corte del monarca (tribunal de justicia ordinaria). El impeachment era una elusión de esta regla: se podía presentar una apelación ante el king in parliament (formación política del Curia Regis). Cuando el agente del rey estaba causando daño a los súbditos, mientras ejercía sus poderes en nombre del soberano, el monarca podía juzgar a su ministro. De esta manera, en 1376 el Parlamento acusó de corrupción e incapacidad a algunos ministros del rey Eduardo III y su amante Alice Perrers. Pronto surgió la idea de que se podía criticar la política del rey mediante una imputación ficticia de responsabilidad: se suponía que el agente del rey lo había desaconsejado cuando estaba tomando su decisión.
Durante el reinado de Eduardo IV el recurso de impeachment cayó en desuso y fue suprimido a la llegada de los reyes Tudor. Cuando Jacobo I quiso restablecer la monarquía absoluta en 1621, Edward Coke, líder de la oposición parlamentaria, redescubrió los procedimientos. Debido a que el rey puede juzgar a su ministro durante el king in parliament, Coke reconoció el riesgo de que el monarca fuese juez y parte en el proceso. Desde el momento en que Jacobo I aceptó no presidir el juicio, la oposición parlamentaria pudo sistematizar los ataques contra él y su política a través de sus ministros, sin que el rey tuviese ningún poder de control o fuese capaz de defenderse. El uso del impeachment se convirtió en un arma política que a largo plazo cambió la distribución del poder entre el Parlamento y el rey. Lentamente, el régimen monárquico moderado se transformó a lo largo de las revoluciones en un sistema parlamentario con la aparición de la responsabilidad política del gobierno ante el Parlamento —en 1782, los parlamentarios obtuvieron la renuncia colectiva del gobierno dirigido por Frederick North—, que desvaneció el poder real antes de la era victoriana (1824-1834).
El hostigamiento sistemático por parte del gabinete (de 1670 a 1680) también condujo a la creación de una oposición permanente dentro del Parlamento, favorable de la política del rey y opuesta al impeachment llevado a cabo por opositores contra los ministros leales a la Corona: la aparición de partidos políticos. Para protegerse de estos ataques sistémicos, el rey compró un grupo de apoyo permanente para sus fines. Si bien inicialmente había alrededor de treinta personas afines a Carlos II durante el ministerio de Henry Danvers (1673-1679), la corrupción se extendió entre 1721 y 1742: un tercio de las Cámaras, así como los votantes, aceptaron sobornos mientras Robert Walpole era ministro principal. Este último, bajo la crítica de la oposición dirigida por Henry St John —quien apoyaba una estricta separación de poderes y un sistema presidencial—, desarrolló la teoría de una separación flexible de poderes, en el que el rey y su gobierno podían recibir apoyo de los parlamentarios. Al mismo tiempo (entre las dos revoluciones inglesas), la responsabilidad de los ministros se transformó: mientras que antes era personal y criminal —con mayor frecuencia, resultaba en una pena de muerte si se perdía el juicio ante el Parlamento—, el impeachment sistemático la convirtió en responsabilidad política —el ministro responde por sus actos ante el Parlamento—, para quienes ostentan el gobierno en su conjunto (aparición del sistema parlamentario). Además, la Cámara de los Lores sostenía originalmente que el impeachment únicamente podía aplicarse a los miembros de la nobleza, quienes solo serían juzgados por sus pares, mientras que los plebeyos (en la Cámara de los Comunes) harían lo suyo con sus pares —otros plebeyos— en un jurado. No obstante, en 1681, los comunes declararon que tenían el derecho de acusar a cualquiera y los lores han respetado dicha resolución. Los funcionarios públicos que ocupaban su cargo «durante un buen comportamiento» (during good behaviour) podían ser cesados por mandamiento judicial de quo warranto o scire facias, edictos que incluso fueron empleados por y contra jueces de buena posición.
Los partidarios de St John se exiliaron principalmente en las Trece Colonias, lo que explica en parte el establecimiento del sistema presidencial al conseguir la independencia. Conscientes del proceso por el cual, en 1649, Carlos I fue juzgado ante el «Parlamento Rabadilla» del Nuevo Ejército Modelo, los delegados a la Convención Constitucional de 1787 decidieron incluir un procedimiento de destitución en el artículo II sección 4 de la Constitución de Filadelfia, que podría aplicarse a cualquier funcionario del gobierno; mencionaron explícitamente al presidente para asegurarse de que no hubiera ambigüedad. Sin embargo, diferían las opiniones sobre las razones por las cuales el Congreso podía iniciarlo. Los borradores iniciales enumeraban solo la traición y el cohecho, pero George Mason era partidario de la destitución por «mala administración» (maladministration). James Madison argumentó que el proceso debería invocarse solo en caso de conducta criminal y que un estándar de mala administración significaría efectivamente que el presidente estaría a merced del Senado. Entonces, los delegados adoptaron una versión de compromiso, ideada por Mason, que estableció la acusación por «traición, cohecho u otros delitos y faltas graves» (Treason, Bribery, or other high Crimes and Misdemeanors) y que la condena del Senado requiere el apoyo de una mayoría de dos tercios de los senadores presentes.
En América Latina, el juicio de residencia de la época colonial, que tenía por objeto conocer el desempeño de los funcionarios públicos, fue incorporado a las cartas magnas de la nuevas repúblicas y, con el tiempo, tomó elementos del impeachment estadounidense, lo que creó instrumentos para hacer efectiva la responsabilidad constitucional del gobierno.
La Dieta Federal (Bundestag) y el Consejo Federal (Bundesrat) pueden acusar al presidente si ha violado deliberadamente la ley federal. Si la Dieta Federal o el Consejo Federal aprueban el proceso contra el presidente, el caso pasa al Tribunal Constitucional Federal, que decidirá si el presidente es culpable de los cargos y, si confirma la resolución, lo destituirá. Dicho órgano también tiene el poder de cesar a los jueces federales que hayan quebrantado intencionalmente los principios básicos de la Ley Fundamental de Alemania o una Constitución estatal. El procedimiento de juicio político está regulado en el artículo 61 de la Ley Fundamental.
No existe un proceso formal de destitución para el canciller; sin embargo, la Dieta Federal puede reemplazarlo en cualquier momento votando en una moción de censura constructiva (artículo 67), evento que solo ha ocurrido en 1972 y 1982 (la segunda es la única que tuvo éxito, con la salida de Helmut Schmidt y elección de Helmut Kohl). Junto con el canciller depuesto, cesan los ministerios federales, aunque el presidente puede solicitar que continúen provisionalmente hasta la designación de un sucesor (artículo 69).
La Constitución de la Nación Argentina establece en su artículo 53 la potestad a la Cámara de Diputados de acusar ante la Senado «al presidente, vicepresidente, al jefe de gabinete de ministros, a los ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delito en el ejercicio de sus funciones; o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de causa por la mayoría de dos terceras partes de sus miembros presentes».
El presidente de la Corte Suprema de Justicia dirige el Senado en el juicio al jefe de Estado. En el caso de que el Senado decida por la mayoría de dos tercios de votos sobre todos los cargos antes mencionados o sobre alguno de ellos (artículo 59), se declarará al acusado incurso en la destitución de su empleo, conforme al artículo 60 de la Constitución:
Aunque el procedimiento se incorporó a la Constitución de 1819, el primer caso de un juicio político fue el de Juan Palma, juez federal de Mendoza, cuya acusación fue rechazada y la causa terminó con la «absolución» en 1866. Desde entonces, solamente se han destituido por este procedimiento a jueces de la Corte Suprema de Justicia o tribunales interiores del poder judicial federal. Estos últimos fueron excluidos de juicio político en el Congreso por la reforma constitucional de 1994, ya que en adelante sus casos se examinarían en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (artículos 53 y 115).
De 1999 a 2018, la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados recibió 231 pedidos de juicio político, la gran mayoría por la causal de mal de desempeño del cargo: por ejemplo, Cristina Fernández de Kirchner recibió siete de estas denuncias durante su mandato, Mauricio Macri tuvo dos y una ministra de su Gobierno, Patricia Bullrich, siete. Casi todas las causas han sido desechadas por la comisión y la última vez que el Congreso destituyó a funcionarios mediante juicio político fue en 2003, al comienzo de la presidencia de Néstor Kirchner, en un proyecto iniciado por Eduardo Duhalde contra cinco jueces de la Corte Suprema por presunta corrupción: tres de ellos renunciaron durante el proceso, mientras que los otros dos (Eduardo Moliné O'Connor y Antonio Boggiano) terminaron destituidos por el Senado.
De acuerdo con el artículo 142 de la Ley Constitucional Federal de Austria, el Parlamento puede presentar la llamada «acusación ministerial» (Ministeranklage) contra el presidente o los otros órganos administrativos superiores, como el canciller, miembros de los ministerios federales, gobiernos estatales y consejos provinciales ante el Tribunal Constitucional, cuya condena es la destitución el cargo y, en circunstancias particularmente agravantes, perder los derechos políticos —como el derecho a presentarse a las elecciones—; en caso de violaciones menores de la ley, el Tribunal Constitucional puede limitarse a determinar que ha habido una infracción.
La Ley Constitucional Federal establece en el artículo 60 párrafo 6 que el presidente puede ser removido por referéndum, que se lleva a cabo si la Asamblea Federal (Bundesversammlung) así lo solicita. Para este propósito, el canciller convocará a la Asamblea Federal si el Consejo Nacional (Nationalrat) ha resuelto dicha solicitud. La decisión del Consejo Nacional requiere la presencia de al menos la mitad de los miembros y una mayoría de dos tercios de los votos emitidos. Tal decisión del Consejo Nacional impide al presidente ejercer más su cargo. El rechazo a la destitución en el referéndum se considera la nueva elección del presidente y tiene como resultado la disolución y nuevos comicios del Consejo Nacional. También en este caso, el mandato completo del presidente no puede exceder los doce años.
El juicio de responsabilidades es un proceso político-jurídico para determinar la responsabilidad de los altos servidores públicos del órgano ejecutivo y del órgano judicial del Estado boliviano.
La Constitución Política del Estado establece que el presidente y vicepresidente del Estado, los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Constitucional, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y el Fiscal General del Estado pueden ser juzgados por la comisión de delitos en el ejercicio de sus cargos, resultando en la inhabilitación o prohibición para el ejercicio de un cargo, sanción penal y civil o absolución.
En el proceso contra el presidente y vicepresidente del Estado, el Tribunal Supremo de Justicia es el tribunal que los juzga, previa autorización de al menos dos tercios de la Asamblea Legislativa y requerimiento acusatorio formulado por el Fiscal General del Estado.
La Constitución boliviana en su Artículo 184 establece como una de las atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia la siguiente:
En el caso de los miembros del Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Constitucional, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Ministerio Público, la Cámara de Diputados acusa ante la Cámara de Senadores para su posterior juzgamiento.
La Ley 044 de 8 de octubre de 2010 y sus modificaciones siguientes regula la sustanciación y formas de resolución de los juicios de responsabilidades a los servidores públicos enunciados.
Según los artículos 51,Constitución del Brasil, el presidente de la República, los gobernadores y los alcaldes, así como sus respectivos subalternos, pueden ser acusados por la Cámara de Diputados y juzgados y destituidos por el Senado. La Constitución exige que dos tercios de los diputados voten a favor de la destitución y el mismo porcentaje de los senadores la respalden con una condena en el juicio posterior. Tras la sentencia, el titular del cargo tiene suspendidos sus derechos políticos por ocho años, lo que le impide postularse a cualquier cargo durante ese tiempo. El procedimiento está definido por la Lei do Impeachment 1.079/1950.
52 y 85 de laEn 1955, la Cámara de Diputados y el Senado destituyeron de los presidentes João Café Filho y Carlos Luz, aunque no se siguió la citada ley especial porque los congresistas consideraron que la situación era extremadamente grave, con un alto riesgo de guerra civil, y finalizó los juicios en cuestión de horas, sin dar a los acusados el derecho a defenderse en ambas cámaras, casos poco conocidos por la población brasileña. En 1992, Fernando Collor de Mello renunció a la presidencia en medio de un proceso de juicio político. Sin embargo, el Senado votó para condenarlo y prohibirle ocupar cualquier cargo durante ocho años, ante la evidencia de soborno y apropiación indebida. En 2016, Dilma Rousseff enfrentó acusaciones de mala gestión presupuestaria y fue sometida a juicio político en la Cámara de Diputados y destituida por sentencia del Senado; fue reemplazada por el vicepresidente Michel Temer, quien había servido de presidente interino mientras el caso estaba en revisión en el Senado.
El artículo 178 de la Constitución de Colombia determina una atribución especial de la Cámara de Representantes:
Sobre el Senado, el artículo 174 indica:
Más adelante, en el artículo 175, se establecen las reglas para los juicios en ese órgano.Corte Suprema de Justicia sigue las normas de procedimiento previstas en la ley 600 de 2000, según lo dispuesto en el artículo 533 de la Ley 906 de 2004.
El juicio en laLa sentencia SU-431 de 2015 de la Corte Constitucional estableció que el juicio político no solo debía adelantarse cuando se investigara la responsabilidad de penal del jefe de Estado, entre otros funcionarios, sino también cuando se investigara su responsabilidad fiscal o disciplinaria.
La acusación constitucional es un proceso constitucional, de naturaleza jurídico-política, contemplado por el ordenamiento jurídico chileno, y seguido ante el Congreso Nacional, para hacer efectiva la responsabilidad de altos funcionarios públicos. El procedimiento se dirige contra las autoridades taxativamente señaladas en la Constitución, por haber incurrido en alguna infracción constitucional, predeterminada por ésta, que justifica su destitución o inhabilitación para el ejercicio del cargo u otra función pública.
La figura ha sido regulada por la Constitución Política de 1828, de 1833, de 1925 y de 1980. En el procedimiento participan, eventualmente, las dos cámaras del Congreso, actuando la Cámara de Diputados como acusadora y el Senado como jurado.
De acuerdo con el artículo 65 cláusula 1 de la Constitución de Corea del Sur, la Asamblea Nacional puede destituir al presidente, el primer ministro u otros miembros del Consejo de Estado, los miembros de la Corte Suprema y la Corte Constitucional si alguno viola la carta magna u otras leyes del deber oficial. La cláusula 2 establece que el proyecto de juicio político se propone con un tercio o más del total de miembros de la Asamblea Nacional y requerirá una votación mayoritaria, por dos tercios o más del total, para ser aprobado. Este artículo también establece que cualquier persona contra la cual se haya aprobado una moción de destitución será suspendida del ejercicio de su poder hasta que se haya realizado el juicio político y no se extenderá más allá del cese del cargo público, asegurándose de no eximir al acusado de responsabilidad civil o penal.
Dos presidentes han sido acusados desde la fundación de la sexta República de Corea y la adopción de la actual Constitución en 1987. La Asamblea Nacional destituyó a Roh Moo-hyun en 2004, pero el proceso fue anulado por la Corte Constitucional. En 2016 Park Geun-hye fue destituida por la Asamblea Nacional y, el 10 de marzo de 2017, la Corte Constitucional confirmó la sentencia; fue relevada provisionalmente en el cargo por el primer ministro Hwang Kyo-ahn a la espera de nuevas elecciones.
Según el artículo 121 de la Constitución de Costa Rica, entre las funciones de la Asamblea Legislativa están:
Además, el artículo 151 establece que el presidente y los vicepresidentes no podrán ser juzgados penalmente hasta que la Asamblea Legislativa haya declarado «haber lugar a formación de causa penal».
La Asamblea Nacional de Ecuador, de acuerdo al artículo 129 de la Constitución, tiene entre sus atribuciones:
Según el artículo 120, el enjuiciamiento político del jefe de Estado procede en caso de «delitos contra la seguridad del Estado», «delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito» y «delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia», previo dictamen de admisibilidad de la Corte Constitucional, sin necesidad de enjuiciamiento penal previo. El artículo 130 indica que la Asamblea Nacional podrá destituir al presidente en caso de «arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional» y «[p]or grave crisis política y conmoción interna». En ambos casos requiere el voto favorable de dos terceras partes de la Asamblea Nacional.
El artículo 131 regula el enjuiciamiento político para «ministras o ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine».
En 1997, el presidente Abdalá Bucaram fue destituido por el Congreso por cargos de corrupción e incapacidad mental, en un proceso controvertido y no contemplado en la Constitución de entonces.
En el artículo 155 de la Constitución de El Salvador se menciona la posibilidad de «remoción» del presidente y vicepresidente de la República, que alude vagamente a las atribuciones de la Asamblea Legislativa en el artículo 131.
El artículo I de la Constitución de los Estados Unidos estipula que los altos funcionarios del Gobierno federal pueden ser procesados por mandato de la Cámara de Representantes, mientras que el Senado tiene el poder exclusivo de juzgarlos:
Clause 5: The House of Representatives shall chuse their Speaker and other Officers; and shall have the sole Power of Impeachment.
Section. 3.
Clause 6: The Senate shall have the sole Power to try all Impeachments. When sitting for that Purpose, they shall be on Oath or Affirmation. When the President of the United States is tried, the Chief Justice shall preside: And no Person shall be convicted without the Concurrence of two thirds of the Members present.
Cláusula 5. La Cámara de Representantes elegirá a su presidente y demás funcionarios y será la única facultada para declarar que hay lugar para proceder en los casos de responsabilidades oficiales.
Sección 3.
Cláusula 6. El Senado poseerá el derecho exclusivo de juzgar sobre todas las acusaciones formuladas contra un alto cargo. Cuando se reúna con esta finalidad, sus miembros deberán prestar un juramento o protesta. Cuando se juzgue al presidente de los Estados Unidos deberá presidir el acto el presidente de la Corte Suprema. A ninguna persona se le condenará si no se alcanza un voto de dos tercios de los miembros presentes.
A nivel federal, el proceso de destitución se resume en tres fases:
En el artículo II se mencionan los presuntos crímenes para iniciar un impeachment contra el presidente, vicepresidente y «todos los funcionarios civiles», los cuales son «traición, cohecho u otros delitos y faltas graves» (Treason, Bribery, or other high Crimes and Misdemeanors). Debido a que el significado preciso de la frase «delitos y faltas graves» no está definido en la propia Constitución, el cumplimiento queda se rige por la interpretación del Congreso, especialmente desde que la Corte Suprema decidió en la sentencia de Nixon v. United States (1993) que no tiene autoridad para determinar si el Senado «juzgó» adecuadamente a un acusado. No obstante, el Congreso ha identificado tres tipos generales de conducta que constituyen motivos de juicio político, aunque estas categorías no deben entenderse como exhaustivas: 1) exceder o abusar indebidamente de los poderes de su cargo; 2) comportamiento incompatible con la función y el propósito del cargo; y 3) uso indebido del cargo para un propósito inapropiado o beneficio personal. El citado artículo también prohíbe al presidente utilizar su poder de perdón federal en casos de juicio político. La vigesimoquinta enmienda de la Constitución corrigió el teórico vacío legal en la sucesión si el presidente es «depuesto de su cargo» (removal of the President from office).
La institución del juicio político se ha utilizado en la mayoría de los casos para destituir a miembros de la judicatura, porque, dicen sus defensores, como la Constitución establece el principio de cargo vitalicio, era la única forma de cesarlos. El primero de estos casos fue el del juez federal John Pickering (en 1804). Antes del caso Pickering, en 1797 el Congreso había discutido la posibilidad de remover al senador William Blount, acusado de urdir la incitación de los creeks y cheroquis para que ayudaran a los británicos a conquistar el territorio español de la Florida Occidental. Sin embargo, el Congreso decidió no proceder con el juicio político; a partir de ese momento, excluyeron a los miembros del poder legislativo como sujetos pasivos, con el argumento de que las dos ramas del Congreso tienen otras herramientas para remover a uno de sus integrantes, como la expulsión, y la Constitución únicamente se refiere a miembros del Ejecutivo. Dicha expulsión desvincula al individuo de su rol de representante o senador por su mala conducta (artículo I sección 5 cláusula 2), pero, a diferencia del juicio político, no puede resultar en la exclusión de un individuo de ocupar un cargo futuro.
De 1789 a 2007, la Cámara de Representantes había iniciado sesenta y dos procedimientos de juicio político
y ha enviado a juicio a veinte funcionarios federales.En 1974 la Cámara inició un proceso contra Richard M. Nixon, surgido de la investigación de la conspiración Watergate. Sin embargo, los procedimientos no se completaron porque Nixon presentó su dimisión, evento único en la historia política del país, antes de que la Cámara votara sobre los artículos de juicio político.
También hubo intentos de abrir el proceso contra los presidentes John Tyler (en 1843), James Buchanan, Jr. (1860), Ulysses S. Grant (1876), S. Grover Cleveland (1896), Herbert C. Hoover, Sr. (1932), Harry S. Truman (1952), Lyndon B. Johnson (1968), Ronald W. Reagan (1983 y 1987), George H. W. Bush (1991), George W. Bush (2008) y Barack H. Obama (2012, 2014 y 2016).
Las legislaturas estatales, a excepción de la de Oregón, pueden acusar a sus funcionarios estatales, como los gobernadores. El tribunal para el juicio de destitución puede diferir un poco del modelo federal y entre cada estado: por ejemplo, en Nueva York la Asamblea Estatal (Cámara Baja) abre el proceso y el Senado juzga el caso, pero los siete jueces de la Corte de Apelaciones (el tribunal constitucional de mayor rango del estado) se incorporan con los senadores en el jurado, según el artículo VI § 24 de la Constitución estatal.
La acusación y la destitución de gobernadores ha ocurrido ocasionalmente a lo largo de la historia de los Estados Unidos, generalmente por cargos de corrupción. Al menos once gobernadores estatales se han enfrentado a un proceso de destitución; un duodécimo, el gobernador Lee Cruce, de Oklahoma, superó la condena del juicio político por un solo voto en 1912. Varios otros, como Eric Greitens de Misuri o Ricardo Rosselló de Puerto Rico, han renunciado en lugar de enfrentar un impeachment, cuando los eventos parecían hacerlo inevitable. El juicio político más reciente de un gobernador estatal ocurrió el 14 de enero de 2009, cuando la Cámara de Representantes de Illinois votó 117-1 para acusar a Rod Blagojevich por cargos de corrupción; el 29 de enero el Senado lo separó del cargo y lo inhabilitó para ejercer cargos públicos en el futuro. Fue el octavo gobernador sometido al proceso y el cuarto en ser destituido.
El procedimiento para la destitución de funcionarios locales varía ampliamente. Por ejemplo, en Nueva York, el gobernador puede remover directamente a un alcalde «al ser escuchado» bajo acusación; la ley no especifica qué cargos son necesarios o qué debe encontrar el gobernador para destituir al alcalde.
En 2018, la Cámara de Delegados de Virginia Occidental destituyó a toda la Corte Suprema de Apelaciones estatal por cargos relacionados con corrupción, gasto excesivo y falta de supervisión.
En 1887, a causa del escándalo de las condecoraciones, el presidente Jules Grévy se vio obligado a renunciar después de una votación del Parlamento, que era una forma de destitución sin fundamento jurídico en las leyes constitucionales de la Tercera República. Esto debilitó definitivamente el poder del jefe de Estado en la Tercera República.
Desde la revisión constitucional del 23 de febrero de 2007, la Constitución de 1958 de la Quinta República incluye un procedimiento conocido como la destitution (artículo 68), en que el presidente de la República puede ser cesado del cargo por el Parlamento si ha violado deliberadamente la Constitución o las leyes nacionales. El proceso de juicio político está codificado en la ley orgánica n.º 2014-1392 del 24 de noviembre de 2014, que establece tres condiciones:
Debido a que los parlamentarios carecen de ningún poder judicial, el Tribunal Superior no es una corte en el sentido estricto, a diferencia del Tribunal de Justicia de la República (Cour de justice de la République) que trata los casos de mala conducta ministerial.
Se siguen procedimientos similares a los de los Estados Unidos. Los párrafos 2 y 3 del artículo XI de la Constitución de las Filipinas establecen que la Cámara de Representantes tiene el poder exclusivo de iniciar los casos de juicio político contra el presidente, el vicepresidente, los miembros de la Corte Suprema, los miembros de las Comisiones Constitucionales (Comisión Electoral, Comisión de Servicio Público y Comité de Auditoría) y el Defensor del Pueblo. Cuando un tercio de sus miembros ha respaldado los artículos de juicio político, se envían al Senado, constituido en tribunal, para juzgar y decidir el caso.
Una diferencia importante con respecto a los procedimientos estadounidenses que solo se requiere un tercio de los miembros de la Cámara de Representantes para aprobar la moción de destitución del presidente, a diferencia de una mayoría simple de los presentes y votantes en su contraparte de Estados Unidos. En el Senado, miembros seleccionados de la Cámara de Representantes actúan como fiscales, mientras los senadores toman el rol de jueces, con el presidente del Senado dirigiendo los procedimientos (el presidente de la Corte Suprema se incorpora si el jefe de Estado está en juicio). Al igual que en Estados Unidos, condenar al funcionario en cuestión requiere que un mínimo de dos tercios (16 de 24 miembros) del Senado. Si el proceso no tiene éxito o el funcionario es absuelto, no se pueden presentar nuevos casos contra el acusado durante un año completo.
En 2001, el presidente Joseph Estrada enfrentó un juicio político del Senado bajo cargos de corrupción, pero el proceso terminó abruptamente a mediados de enero cuando los fiscales organizaron una huelga luego de que los senadores votaron en contra de la apertura de un documento que no tenía ninguna relación con los casos presentados ante el tribunal. Ante la situación inestable en el país tras tres días de protestas, Estrada renunció y fue sucedido por su vicepresidenta Gloria Macapagal Arroyo. En 2012, el presidente de la Corte Suprema, Renato Corona, fue destituido por el Senado por no haber revelado el estado de sus activos, pasivos y patrimonio neto al público.
La Constitución Política de Honduras establece, en su artículo 205, que dentro de las funciones del Congreso Nacional se encuentra la ejecución del procedimiento de juicio político, «de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley Especial del Juicio Político, a los servidores públicos y por las causas establecidas en el artículo 234 de la misma Constitución».
El artículo 234 regula este proceso y establece que se procederá contra el presidente de la República, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, diputados del Congreso Nacional y Parlamento Centroamericano, corporaciones municipales y los servidores públicos electos por el Congreso Nacional en tanto que existan en su contra denuncias graves sobre el desempeño de su cargo, por actuar de forma contraria a la Constitución o al interés nacional y por manifestar negligencia, incapacidad o incompetencia para el desempeño del cargo. Si la denuncia va contra el presidente, el proceso de enjuiciamiento y destitución deberá ser aprobado por tres cuartas partes de la totalidad de los diputados; en los demás casos, será por dos tercios de la cámara.
El proceso consta de dos etapas:
El presidente de la República solo puede ser destituido de su cargo por el Congreso Nacional mediante juicio político.
En 2009, Honduras atravesó una crisis política que culminó con la destitución del presidente Manuel Zelaya. El 8 de mayo, Zelaya propuso un proceso de consulta popular con la intención de modificar la Constitución para legalizar la reelección presidencial consecutiva y extender su mandato. El 23 de junio, el Congreso Nacional aprobó una ley para prohibir dicho plebiscito, pero Zelaya no respetó la resolución y ordenó al Ejército la distribución de las boletas para celebrar la votación. Tres días después, la Corte Suprema de Justicia lo declaró culpable de los delitos de traición a la patria, abuso de autoridad y usurpación de funciones. El 28 de junio, Zelaya fue arrestado y expulsado hacia Costa Rica; el Congreso admitió su carta de renuncia y designó como presidente interino al presidente del Congreso Nacional, Roberto Micheletti, quien entregó el poder a Porfirio Lobo el 27 de enero de 2010 tras ganar las elecciones del año anterior.
Como parte de la reforma constitucional de diciembre de 1982, el artículo 76 fracción VII de la Constitución de México permite al Cámara de Senadores «erigirse en Jurado de sentencia para conocer en juicio político de las faltas u omisiones que cometan los servidores públicos y que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales y de su buen despacho, en los términos del artículo 110 de esta Constitución». El artículo al que hace referencia indica:
Los Gobernadores de los Estados, Diputados Locales, Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, en su caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, así como los miembros de los organismos a los que las Constituciones Locales y el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal les otorgue autonomía, sólo podrán ser sujetos de juicio político en los términos de este Título por violaciones graves a esta Constitución y a las leyes federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales, pero en este caso la resolución será únicamente declarativa y se comunicará a las Legislaturas Locales para que, en ejercicio de sus atribuciones, procedan como corresponda.
Las sanciones consistirán en la destitución del servidor público y en su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.
Para la aplicación de las sanciones a que se refiere este precepto, la Cámara de Diputados procederá a la acusación respectiva ante la Cámara de Senadores, previa declaración de la mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión de aquella Cámara, después de haber sustanciado el procedimiento respectivo y con audiencia del inculpado.
Conociendo de la acusación la Cámara de Senadores, erigida en Jurado de sentencia, aplicará la sanción correspondiente mediante resolución de las dos terceras partes de los miembros presentes en sesión, una vez practicadas las diligencias correspondientes y con audiencia del acusado.
El jefe de Estado y los gobernadores de los estados no son sujetos de juicio político.
El artículo 111 detalla esto: «Por lo que toca al Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.». Los casos en los que el presidente puede ser acusado aparecen en el artículo 108:El artículo 160 de la Constitución de Panamá dispone las funciones judiciales de la Asamblea Nacional:
El artículo 191 establece las causas para iniciar el proceso de destitución en el caso del jefe de Estado y su subalterno:
1. Por extralimitación de sus funciones constitucionales.
2. Por actos de violencia o coacción en el curso del proceso electoral; por impedir la reunión de la Asamblea Nacional; por obstaculizar el ejercicio de las funciones de esta o de los demás organismos o autoridades públicas que establece la Constitución.
3. Por delitos contra la personalidad internacional del Estado o contra la Administración Pública.
El artículo 225 de la Constitución del Paraguay establece el procedimiento de juicio político:
Los artículos 193 y 194 regulan la citación e interpelación de varios funcionarios ante las cámaras del Congreso. El presidente y vicepresidente de la República y los magistrados judiciales están exentos de este artículo en materia jurisdiccional (artículo 195). Por dos tercios de los votos, ambas cámaras pueden emitir un «voto de censura» y recomendar la remoción del jefe de Estado u otro cargo ya mencionado.
La Constitución del Perú, en su artículo 99, detalla la atribución especial de la Comisión Permanente del Congreso para acusar a varios cargos políticos:
Más adelante, en el artículo 100, se presenta el procedimiento legislativo del cese del funcionario hallado culpable, así como los recursos judiciales para revertirla:
El acusado tiene derecho, en este trámite, a la defensa por sí mismo y con asistencia de abogado ante la Comisión Permanente y ante el Pleno del Congreso.
En caso de resolución acusatoria de contenido penal, el Fiscal de la Nación formula denuncia ante la Corte Suprema en el plazo de cinco días. El Vocal Supremo Penal abre la instrucción correspondiente.
La sentencia absolutoria de la Corte Suprema devuelve al acusado sus derechos políticos.
El artículo 117 menciona las condiciones para la destitución del jefe de Estado, referida en el inciso 5 del artículo 113:
Por otro lado, en el Perú existe el procedimiento análogo de vacancia por incapacidad moral, contemplado en el inciso 2 del citado artículo 113. Este proceso es distinto al de destitución (especificado en el artículo 99 y bajo las infracciones establecidas en el artículo 117), pues ocurre a partir de una declaración del Congreso, que, de ser aprobada, origina un vacío de poder, por lo cual se procede con la sucesión legal. Dicha declaratoria de incapacidad moral, regulada en el Reglamento del Congreso de la República, es considerada por la doctrina jurídica peruana como un juicio político sui generis.
El proceso de destitución tiene sus orígenes en el siglo XIV y se instituyó para poder juzgar a los altos cargos de la Corona, por infracciones graves en el ejercicio del deber, como la traición. La Cámara de los Comunes era la encargada de iniciar el proceso, aunque el juicio se llevaba a cabo en la Cámara de los Lores. El juicio político acarreaba sanciones administrativas e incluso penales, si así lo sentenciaban. A diferencia de una bill of attainder (una declaración que sentencia a alguien culpable de un delito), el impeachment no requería el consentimiento real y, por ende, podía usarse para despedir a los molestos oficiales de la Corona a pesar de la protección del monarca.
El primer impeachment documentado fue el dirigido por Peter de la Mare, presidente de la Cámara de los Comunes, contra William Latimer en 1376. En total, hubo aproximadamente 70 de estos juicios políticos, principalmente en los siglos XIV, XVII y XVIII, alrededor de una cuarta parte entre 1640 y 1642. En ese momento, era la única forma en que la Cámara de los Comunes podía deshacerse de un funcionario de alto rango designado por la Corona. En 1820, el rey Jorge IV solicitó al Parlamento que disolviera, bajo cargos de adulterio, su matrimonio con Carolina de Brunswick-Wolfenbüttel, quien salió absuelta; el caso tomó notoriedad porque comenzó como un proceso de juicio político, pero luego derivó en una declaración de rechazos y sanciones. El último proceso de destitución que se llevó a cabo fue el de Henry Dundas en 1806. Hubo además un último intento en 1848, cuando el diplomático David Urquhart acusó al ministro Henry Temple de haber firmado un tratado secreto con la Rusia imperial y de recibir dinero de Nicolás I; Temple sobrevivió a la votación en la Cámara los Comunes y los lores no escucharon el caso.
La evolución del régimen parlamentario provocó que el jefe de Estado perdiera parte de su poder, de modo que debe rendir cuentas ante el Parlamento. Sin embargo, fracasaron varios intentos de abolir oficialmente el proceso en la segunda mitad del siglo siglo XX. Los detractores del recurso de impeachment señalan que es innecesario, porque en realidad el poder del primer ministro proviene de la legislatura. Si la Cámara de los Comunes ya no lo apoya, los parlamentarios pueden destituir al primer ministro con la aprobación de una moción de censura, lo que conduce al nombramiento de su sustituto o a elecciones generales. En 1999, el Comité Conjunto de Privilegios Parlamentarios revisó las recomendaciones sobre abandonar formalmente el impeachment y declaró que «las circunstancias en las que se ha llevado a cabo la impugnación ahora están tan alejadas del presente que el procedimiento puede considerarse obsoleto».
En abril de 1977, la conferencia anual de los Jóvenes Liberales aprobó por unanimidad una moción en la que pedía al líder del Partido Liberal, David Steel, que actuara por la acusación contra Ronald King Murray, abogado de Su Majestad, por su manejo del asunto del error judicial de Patrick Meehan en Escocia. Steel no realizó tal solicitud, pero Murray —más tarde senador del Colegio de Justicia de Escocia— estuvo de acuerdo en que el recurso de impeachment aún era válido. El 25 de agosto de 2004, Adam Price, parlamentario de Plaid Cymru, anunció su intención de enviar a juicio político al primer ministro Tony Blair por su rol en la participación del Reino Unido en la invasión de Irak en 2003. Le consultó al líder de la Cámara de los Comunes, Peter Hain, si confirmaría que el recurso de impeachment aún estaba disponible, recordándole que, como presidente de los Jóvenes Liberales, había apoyado el intento de destitución de Murray. Hain respondió citando el informe del Comité Conjunto de 1999 y el consejo del secretario de la Cámara de los Comunes de que el procedimiento «efectivamente murió con la llegada del gobierno parlamentario totalmente responsable».
El 29 de septiembre de 2019, The Sunday Times reportó que algunos políticos de la oposición en la Cámara de los Comunes estuvieron considerando procedimientos de juicio político, al menos políticamente simbólicos, contra el primer ministro Boris Johnson «bajo la acusación de falta grave en relación con la prórroga ilegal del Parlamento», así también por su amenaza de violar la ley al no cumplir con la European Union (Withdrawal) (No. 2) Act 2019, que exige, en ciertas circunstancias, solicitar una extensión a la fecha de salida del país de la Unión Europea del 31 de octubre de 2019. Si bien fracasaron los esfuerzos de sus opositores, Johnson en 2004 había respaldado los infructuosos procedimientos de juicio político contra su rival político Tony Blair por «altos crímenes y delitos menores» con respecto a la guerra de Irak.
El artículo 83 de la Constitución de la República Dominicana establece que una de las atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados es:
El presidente puede ser destituido si tanto la Duma Estatal —que inicia el proceso con la formación de un comité especial de investigación— como el Consejo de la Federación aprueban con una mayoría de dos tercios a favor de la destitución. Acto seguido, la Corte Suprema declara al jefe de Estado culpable de traición o algún delito igualmente grave contra la nación y la Corte Constitucional confirma que el trámite constitucional del proceso de destitución se realizó correctamente.
Entre 1995-1999, la Duma Estatal hizo varios intentos para destituir al entonces presidente Borís Yeltsin, pero nunca tuvieron un número suficiente de votos para que el proceso avanzara al Consejo de la Federación.
La Constitución del Uruguay, en su artículo 172, determina las condiciones para la destitución del jefe de Estado:
El referido artículo 93 indica:
El artículo 102 establece:
Quien haya sido separado de su cargo por lo anterior queda sujeto a juicio en los tribunales (artículo 103).
El artículo II, que lo acusa de «obstrucción a la justicia», agrega:
(1) […] corruptly encouraged a witness in a Federal civil rights action brought against him to execute a sworn affidavit in that proceeding that he knew to be perjurious, false and misleading.
(2) […] corruptly encouraged a witness in a Federal civil rights action brought against him to give perjurious, false and misleading testimony if and when called to testify personally in that proceeding.
(3) […] corruptly engaged in, encouraged, or supported a scheme to conceal evidence that had been subpoenaed in a Federal civil rights action brought against him.
(4) […] intensified and succeeded in an effort to secure job assistance to a witness in a Federal civil rights action brought against him in order to corruptly prevent the truthful testimony of that witness in that proceeding at a time when the truthful testimony of that witness would have been harmful to him.
(5) […] at his deposition in a Federal civil rights action brought against him, […] corruptly allowed his attorney to make false and misleading statements to a Federal judge characterizing an affidavit, in order to prevent questioning deemed relevant by the judge. Such false and misleading statements were subsequently acknowledged by his attorney in a communication to that judge.
(6) […] related a false and misleading account of events relevant to a Federal civil rights action brought against him to a potential witness in that proceeding, in order to corruptly influence the testimony of that witness.
1. […] corruptamente alentó a un testigo en una acción federal de derechos civiles presentada contra él a ejecutar una declaración jurada en ese procedimiento que él sabía que era perjurio, falso y engañoso.
2. […] corruptamente alentó a un testigo en una acción federal de derechos civiles presentada contra él para que dé testimonio perjurioso, falso y engañoso si se le llama a testificar personalmente en ese proceso.
3. […] participó, alentó o apoyó de manera corrupta un plan para ocultar evidencia que había sido citada en una acción federal de derechos civiles presentada contra él.
4. […] intensificó y tuvo éxito en un esfuerzo por obtener asistencia laboral para un testigo en una acción federal de derechos civiles presentada contra él para evitar corruptamente el testimonio veraz de ese testigo en ese proceso en un momento en que el testimonio veraz de ese testigo han sido perjudiciales para él
5. […] en su declaración en una acción federal de derechos civiles en su contra, […] permitió corruptamente a su abogado hacer declaraciones falsas y engañosas a un juez federal que caracteriza una declaración jurada, para evitar preguntas consideradas relevantes por el juez. Tales declaraciones falsas y engañosas fueron posteriormente reconocidas por su abogado en una comunicación a ese juez.
6. […] relató una explicación falsa y engañosa de eventos relevantes para una acción federal de derechos civiles presentada contra él a un testigo potencial en ese procedimiento, a fin de influir corruptamente en el testimonio de ese testigo.
President Trump engaged in this scheme or course of conduct through the following means:
(1) […] --acting both directly and through his agents within and outside the United States Government--corruptly solicited the Government of Ukraine to publicly announce investigations into-- (A) a political opponent, former Vice President Joseph R. Biden, Jr.; and (B) a discredited theory promoted by Russia alleging that Ukraine--rather than Russia--interfered in the 2016 United States Presidential election.
(2) With the same corrupt motives, […] --acting both directly and through his agents within and outside the United States Government--conditioned two official acts on the public announcements that he had requested-- (A) the release of $391 million of United States taxpayer funds that Congress had appropriated on a bipartisan basis for the purpose of providing vital military and security assistance to Ukraine to oppose Russian aggression and which President Trump had ordered suspended; and (B) a head of state meeting at the White House, which the President of Ukraine sought to demonstrate continued United States support for the Government of Ukraine in the face of Russian aggression.
El presidente Trump participó en este esquema o curso de conducta a través de los siguientes medios:
1. […] actuando directamente y a través de sus agentes dentro y fuera del Gobierno de los Estados Unidos, solicitó corruptamente al Gobierno de Ucrania que anunciara públicamente investigaciones sobre: (a) un opositor político, el ex vicepresidente Joseph R. Biden, Jr.; y (b) una teoría desacreditada promovida por Rusia alegando que Ucrania, en lugar de Rusia, interfirió en las elecciones presidenciales de Estados Unidos de 2016.
2. Con los mismos motivos corruptos, […] actuando tanto directamente como a través de sus agentes: (a) la entrega de $ 391 millones de fondos de los contribuyentes de los Estados Unidos que el Congreso se había apropiado de manera bipartidista con el propósito de proporcionar asistencia militar y de seguridad vital a Ucrania para oponerse a la agresión rusa y que el presidente Trump ordenó suspender; y (b) una reunión de jefes de Estado en la Casa Blanca, que el presidente de Ucrania intentó demostrar el continuo apoyo de los Estados Unidos al Gobierno de Ucrania ante la agresión rusa.
El artículo II, que lo acusa de «obstrucción al Congreso», señala:
(1) Directing the White House to defy a lawful subpoena by withholding the production of documents sought therein by the Committees.
(2) Directing other Executive Branch agencies and offices to defy lawful subpoenas and withhold the production of documents and records from the Committees--in response to which the Department of State, Office of Management and Budget, Department of Energy, and Department of Defense refused to produce a single document or record.
1. Ordenar a la Casa Blanca a que desafíe una citación legal al retener la producción de documentos solicitados por los comités.
2. Dirigir a otras agencias y oficinas del poder ejecutivo para que desafíen las citaciones legales y retengan la producción de documentos y registros a los comités, en respuesta a lo cual el Departamento de Estado, la Oficina de Administración y Presupuesto, el Departamento de Energía y el Departamento de Defensa se negaron para producir un solo documento o registro.
On January 6, 2021, pursuant to the 12th Amendment to the Constitution of the United States, the Vice President of the United States, the House of Representatives, and the Senate met at the United States Capitol for a Joint Session of Congress to count the votes of the Electoral College. In the months preceding the Joint Session, President Trump repeatedly issued false statements asserting that the Presidential election results were the product of widespread fraud and should not be accepted by the American people or certified by State or Federal officials. Shortly before the Joint Session commenced, President Trump, addressed a crowd at the Ellipse in Washington, DC. There, he reiterated false claims that “we won this election, and we won it by a landslide”. He also willfully made statements that, in context, encouraged—and foreseeably resulted in—lawless action at the Capitol, such as: “if you don’t fight like hell you’re not going to have a country anymore”. Thus incited by President Trump, members of the crowd he had addressed, in an attempt to, among other objectives, interfere with the Joint Session’s solemn constitutional duty to certify the results of the 2020 Presidential election, unlawfully breached and vandalized the Capitol, injured and killed law enforcement personnel, menaced Members of Congress, the Vice President, and Congressional personnel, and engaged in other violent, deadly, destructive, and seditious acts.
President Trump’s conduct on January 6, 2021, followed his prior efforts to subvert and obstruct the certification of the results of the 2020 Presidential election. Those prior efforts included a phone call on January 2, 2021, during which President Trump urged the secretary of state of Georgia, Brad Raffensperger, to “find” enough votes to overturn the Georgia Presidential election results and threatened Secretary Raffensperger if he failed to do so.
In all this, President Trump gravely endangered the security of the United States and its institutions of Government. He threatened the integrity of the democratic system, interfered with the peaceful transition of power, and imperiled a coequal branch of Government. He thereby betrayed his trust as President, to the manifest injury of the people of the United States.
El 6 de enero de 2021, de conformidad con la duodécima enmienda a la Constitución de los Estados Unidos, el vicepresidente de los Estados Unidos, la Cámara de Representantes y el Senado se reunieron en el Capitolio de los Estados Unidos para una sesión conjunta del Congreso para contar los votos del Colegio Electoral. En los meses anteriores a la sesión conjunta, el presidente Trump emitió repetidamente declaraciones falsas afirmando que los resultados de las elecciones presidenciales fueron producto de un fraude generalizado y no deberían ser aceptados por el pueblo estadounidense ni certificados por funcionarios estatales o federales. Poco antes de que comenzara la sesión conjunta, el presidente Trump se dirigió a una multitud en la Elipse en Washington D.C. Allí, reiteró afirmaciones falsas de que “ganamos estas elecciones y las ganamos de manera aplastante”. También hizo declaraciones intencionadamente que, en contexto, alentaron, y previsiblemente resultaron en, acciones ilegales en el Capitolio, como: “Si no luchas como el infierno, ya no vas a tener un país”. Incitados por el presidente Trump, miembros de la multitud a la que se había dirigido, en un intento de, entre otros objetivos, interferir con el solemne deber constitucional de la sesión conjunta de certificar los resultados de las elecciones presidenciales de 2020, violaron y vandalizaron ilegalmente el Capitolio, hirieron y destrozaron el Capitolio, mataron a efectivo de las fuerzas del orden público, amenazaron a miembros del Congreso, al vicepresidente y al personal del Congreso y participaron en otros actos violentos, mortales, destructivos y sediciosos.
La conducta del presidente Trump el 6 de enero de 2021 siguió a sus esfuerzos anteriores para subvertir y obstruir la certificación de los resultados de las elecciones presidenciales de 2020. Esos esfuerzos anteriores incluyeron una llamada telefónica el 2 de enero de 2021, en la cual el presidente Trump instó al secretario de Estado de Georgia, Brad Raffensperger, a “encontrar” suficientes votos para revocar los resultados de las elecciones presidenciales de Georgia y amenazó al secretario Raffensperger si no lo hacía.
En todo esto, el presidente Trump puso en grave peligro la seguridad de Estados Unidos y sus instituciones gubernamentales. Amenazó la integridad del sistema democrático, interfirió con la transición pacífica del poder y puso en peligro una rama del gobierno. De ese modo, traicionó su confianza como presidente, para agravio manifiesto del pueblo de los Estados Unidos.
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