La pecha, peita o pecta fue un impuesto de los reinos Aragón, de Navarra y de Reino de Castilla.
La pecha puede considerarse como contemporánea a los primeros siglos de la Reconquista, según consta en los privilegios otorgados a los lugares de nueva población en los cuales se procuraba atraer a los pobladores, eximiéndoles de pecha y de otras servidumbres. Este impuesto correspondía a la taille francesa ya porque estaban exentos de pagarlos los eclesiásticos, nobles e infanzones, ya porque era un género de contribución personal que se cargaba sobre los bienes, sitios y muebles; de aquí su desigualdad en el repartimiento y la incertidumbre consiguiente a las apreciaciones arbitrarías que se puede dar a los bienes muebles que son dos inconvenientes muy grandes, al que puede agregarse el que dimanaba del recargo que experimentaban algunos lugares.
Era pagada por los campesinos, oscilando entre la quinta y la sexta parte de las cosechas, siendo tasada globalmente para cada localidad y luego se dividía entre los labradores. La pagaban también los moros y judíos y se deduce que sus aljamas no estuvieron nunca exentas de la gracia concedida por Pedro IV en 1336 a Mahoma Mazucla, encargado de la obra del Puente de Zaragoza, para no contribuir con la pecha por cinco años. Sus productos no eran tan saneados como suponen algunos escritores pues la Real Hacienda no percibía íntegro su producto, ya por estar como enajenado gran parte de él por el excesivo número de caballerías que los Reyes situaban en la contribución de lugares realengos para remunerar a los Ricos-homes los servicios que hacían, ya por la rebaja que resultaba cuando las heredades que pechaban recaían en poder de los infanzones que estaban exentos de ella.
La Gran enciclopedia de Navarra la define como un «Censo o renta que los campesinos villanos pagaban anualmente al fisco real y, en su caso -los de señorío – al señor.» Con ello deja claro que tanto los hidalgo, clérigos o francos estaban exentos de tal pago. Añade que «la pecha estaba constituida por una parte de la producción agraria, que originariamente osciló probablemente entre el cinco y el diez por ciento.»
El historiador Alfredo Floristán Imízcoz, por otro lado, puntualiza indicando que «en Navarra recibieron el nombre de pechas los pagos que, en especie o en dinero, satisfacían determinadas familias, conocidas como pecheras, a señores laicos, eclesiásticos o al rey.» En Navarra, a diferencia de Castilla, el término pechero no era sinónimo de no-hidalgo ya que hay constancia de que algunos hidalgos pagaban pechas también.
Se podía satisfacer bien global, comunitaria o concejilmente (pecha pleiteada o pecha tasada) bien individualmente (pecha capital).San Gil y San Miguel). En los casos de las pechas tasadas las cuantías permanecían invariables siendo el reparto entre vecinos de cada lugar en función de la superficie de cada uno; si uno tenía casa pero no tenía tierras, no pagaba; si uno tenía tierras, pero era vecino de otro lugar, sí solían pagarlas. Incluidos los hidalgos.
Habitualmente se optaba por el pago en especie (trigo, cebada) añadiendo en algunos casos puntuales dinero o animales. Se entregaba durante el mes de septiembre (entreJosé Yanguas y Miranda escribía sobre la negativa connotación social de ser pechero el caso de algún pueblo:
En muchas ocasiones se terminaba pagando lo mismo, o más, por el cambio de concepto.
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