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Monumento nacional de Portugal



La clasificación del patrimonio en se regula mediante unas figuras de protección definidas por el Instituto de Gestión del Patrimonio Arquitectónico y Arqueológico (abreviado IGESPAR), que tiene en cuenta sus valores históricos, culturales, estéticos, sociales, técnicos y científicos. Atendiendo a estas figuras, una obra patrimonial puede clasificarse como monumento nacional, inmueble de interés público o inmueble de interés municipal.

Regula el patrimonio edificado representativo y de interés para todo el territorio portugués. Los bienes inmuebles propiedad de particulares pueden optar a esta categoría siempre que su pérdida o degradación constituyan una pérdida irreparable para la cultura del conjunto del Estado. La categoría es única y se abrevia MN.

Clasificación que abarca inmuebles de interés nacional en cuyos casos la designación de monumento nacional significaría el despliegue de unos recursos legales desproporcionados para su conservación. Puede optar a esta clasificación aquellos bienes muebles con elevado valor cuya salida del territorio nacional mermaría significativamente el patrimonio cultural de Portugal. Las subcategorías son las siguientes:

Bienes cuyos valores respondan a significados culturales predominantes de un único municipio. La inclusión de objetos muebles en esta clasificación únicamente es posible con el consentimiento de sus respectivos propietarios. Las subcategorías son las siguientes:



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