El Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género es un ministerio del Estado de Chile encargado de colaborar con el presidente de la República en el diseño, coordinación y evaluación de las políticas, planes y programas destinados a promover la equidad de género, la igualdad de derechos y de procurar la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las mujeres. Desde el 11 de marzo de 2022, la ministra del ramo es la periodista Antonia Orellana Guarello, mientras que la subsecretaria respectiva es Luz Vidal Huiriqueo; actuando ambas bajo el gobierno de Gabriel Boric.
Fue creado durante el segundo gobierno de Michelle Bachelet mediante la Ley 20.820, publicada en el Diario Oficial el 20 de marzo de 2015. Entró en funciones el 1 de junio de 2016, conforme a lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley (DFL) 1, del 11 de marzo de 2016. No reemplazó al entonces Servicio Nacional de la Mujer (Sernam), que pasó a depender del nuevo ministerio y a llamarse Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG).
El proyecto de ley de este ministerio surgió como iniciativa del segundo gobierno de Michelle Bachelet, quien firmó el mensaje que le dio origen el 27 de marzo de 2014, siendo posteriormente ingresado al Congreso Nacional, siendo aprobado en enero de 2015.
Este ministerio fue creado por ley promulgada por la presidenta Michelle Bachelet el 8 de marzo de 2015, en una ceremonia celebrada en el marco del Día Internacional de la Mujer y publicada en el Diario Oficial, como la ley 20.820, el 20 de marzo de 2015. No reemplazó al Servicio Nacional de la Mujer, que pasó a depender del nuevo ministerio y a llamarse Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género.
De acuerdo a las disposiciones transitorias de la ley que creó este ministerio —ley 20.820—,decretos con fuerza de ley (DFL), expedidos a través del Ministerio de Desarrollo Social, suscritos también por el ministro de Hacienda, la o las fechas para la entrada en vigencia del articulado permanente de la ley, de las plantas que fije, del traspaso y del encasillamiento que se practique y de la iniciación de actividades del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. El 11 de marzo de 2016 se promulgó el DFL Nº 1, publicado en el Diario Oficial el de abril de 2016, el cual dispuso que la fecha de entrada en vigencia del articulado permanente de la ley 20.820, de las plantas de personal que se establecen en los artículos 1° y 3° de dicho DFL; y de la iniciación de actividades del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género sería a contar del día primero del mes subsiguiente al de la publicación del mismo decreto con fuerza de ley, esto es, el 1 de junio de 2016.
dentro del plazo de un año contado desde la fecha de publicación de esta, la presidenta debía determinar, mediante uno o másLa primera ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Claudia Pascual, entonces directora del Sernam, fue nombrada por la presidenta Michelle Bachelet el 3 de junio de 2016.
Este ministerio, actuando como órgano rector, debe velar por la coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes y programas en materia de equidad de género, los que han de incorporarse en forma transversal en la actuación del Estado. Le corresponde planificar y desarrollar políticas y medidas especiales con pertinencia cultural, destinadas a favorecer la igualdad de derechos y de oportunidades entre hombres y mujeres, procurando eliminar toda forma de discriminación arbitraria basada en el género, la plena participación de las mujeres en los planos cultural, político, económico y social, así como el ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales y velar por el cumplimiento de las obligaciones contenidas en los tratados internacionales ratificados por Chile en la materia y que se encuentren vigentes.
El ministerio se organiza de la siguiente manera:
La ministra o ministro de la Mujer y la Equidad de Género tiene a su cargo la dirección superior de esta secretaría de Estado y las funciones que establece el artículo 3° de la ley N° 20.820. A su vez, ejerce la conducción política del Ministerio y actúa como colaboradora inmediata de la o del presidente de la República en la generación de políticas, planes y programas orientados a la equidad de género, la igualdad de derechos y eliminación de la discriminación arbitraria contra las mujeres: En especial, le corresponde;
El Comité Interministerial, es un organismo que tiene como función colaborar en la implementación de las políticas, planes y programas orientados a la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, incorporando la perspectiva de género en la actuación del Estado.
El Comité es una instancia de coordinación, información, orientación y acuerdo para las políticas públicas en esta materia. Está integrado por:
El Consejo Asesor (CA), reúne a todos los funcionarios del Ministerio. Está presidido por la ministra de la Mujer y la Equidad de Género.
Del Ministerio dependen 15 Secretarías regionales ministeriales (Seremi's) de la Mujer y la Equidad de Género.
El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG), es un servicio público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio, encargado de ejecutar las políticas, planes y programas que le encomiende el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.
Del ministerio dependen los siguientes departamentos;
Asimismo, tiene a su dependencia cinco divisiones;
Aunque institucionalmente no existe una normativa de obligatoriedad de género, a la fecha el Ministerio ha sido dirigido únicamente por mujeres.
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