El juicio Hospital Posadas es la denominación que recibe la causa judicial por delitos de lesa humanidad cometidos en el centro clandestino de detención denominado «El Chalet», ubicado dentro del Hospital Posadas, durante la dictadura militar autodenominada Proceso de Reorganización Nacional.
El primer juicio se desarrolló entre agosto y noviembre de 2011. En este tramo, los únicos acusados que llegaron a la sentencia, Hipólito Mariani, Luis Muiña y Reynaldo Bignone, fueron declarados culpables y finalmente condenados por los secuestros, torturas y desapariciones de trabajadores y trabajadoras del hospital. Otros denunciados por el hecho fueron reconocidos incompetentes o murieron antes de la sentencia.
El segundo juicio por delitos de lesa humanidad cometidos allí empezó el 18 de abril de 2018, con dos imputados: Luis Muiña (condenado por los hechos del tramo I) y Argentino Ríos (juzgado por los hechos de los tramos I y II).
La causa fue elevada a juicio en 2008 por el juez federal Daniel Rafecas, quien tenía a su cargo la Megacausa Primer Cuerpo de Ejército (entre las que se encontraban la causa Atlético, Banco y Olimpo (ABO), la causa ABO bis y la causa Automotores Orletti).
Las audiencias del juicio estaban programadas para comenzar el 10 de agosto de 2011, ante el Tribunal Oral Federal N.º 2 de la Capital Federal, compuesto por los jueces Pablo Daniel Bertuzzi, Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Luciano Gorini, pero la fecha se pospuso «por cuestiones inherentes al tribunal».
Un mes más tarde, se volvió a reprogramar el inicio, y finalmente las audiencias comenzaron el 20 de octubre de 2011. El 28 de marzo de 1976, cuatro días después del golpe de Estado, el «Hospital Posadas» fue ocupado por fuerzas del Ejército a cargo del general Reynaldo Benito Antonio Bignone. En el marco de esta ocupación varios miembros del hospital fueron detenidos ilegalmente y posteriormente despedidos por encontrarse «vinculados a actividades de carácter subversivo o disociadoras», sin necesitar más pruebas que esa misma declaración, debido a un decreto ley (ley de Prescindibilidad 21.260) dictado el mismo día del golpe militar.
El 13 de abril de 1976, fue designado como interventor del hospital el Coronel Julio Ricardo Esteves y se mantuvo en funciones hasta el 8 de marzo de 1977. Esteves, durante 1976, propició la llegada de un grupo de hombres a quienes les asignó funciones de «guardias de seguridad». Estos conformaron un grupo al que llamaban «Swat», formalmente designado para la vigilancia del nosocomio y el aseguramiento de la integridad y del patrimonio de sus empleados y de los profesionales que allí prestaban su labor, pero que en realidad se abocó a otras funciones relacionadas con la alegada «lucha antisubversiva». En efecto, un informe realizado por el Batallón de Inteligencia 601 del Ejército Argentino suponía «que en el hospital existía una posta sanitaria dedicada a atender a elementos subversivos».
Uno de los dos chalets que se encontraban en el predio del hospital fue convertido en un centro clandestino de detención, luego que quien fue el director del hospital hasta 1976, Julio C. Rodríguez Otero, fuera detenido ilegalmente y torturado y su familia obligada a abandonar el mismo. A partir de noviembre de 1976, el «Grupo Swat» utilizó este chalet para secuestrar y torturar al menos a siete casos, probados en el transcurso del juicio.
El 11 de enero de 1977 personal de la Fuerza Aérea realizó un operativo a fin de desarticular el grupo Swat, que culminó con la detención de sus integrantes.
Asimismo, Argentino Ríos, civil perteneciente al llamado «Grupo Swat», fue imputado y se inició el debate de la causa con él como acusado. Sin embargo, durante las audiencias tuvo una descompensación cardiológica y luego fue apartado del juicio al ser fue sometido a intervención en el hospital Durand, por las conclusiones del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional. Del mismo modo, el coronel Agatino di Benedetto, primer interventor del hospital, fue eximido por insania. Otros acusados fallecieron antes de que se iniciara el juicio, como el coronel médico Julio Esteves, interventor que creó el «Grupo Swat» y Juan Máximo Copteleza, jefe del grupo.
Asimismo, en el juicio se excluyeron 10 casos de personas que continúan desaparecidas (aunque en la sentencia se ordenó a la instrucción que se investiguen los hechos ocurridos). Entre ellos se encuentran: Ignacio Jesús Sánchez, un estudiante técnico que trabajaba en el servicio de Hemoterapia; María Ángela Cairo de Garassino, una enfermera de Emergencias, y Daniel Eduardo Calleja, un médico psiquiatra.
En el juicio las siguientes personas se presentaron como testigos de lo ocurrido:
En los alegatos finales, la querella solicitó 25 años de prisión para los tres imputados,
mientras que la fiscalía solicitó esa cantidad para Bignone, 20 años para Muiña y 12 años para Mariani. La sentencia ordenó iniciar una investigación paralela sobre Carlos Andrés Paradela, odontólogo que terminó siendo jefe del servicio de seguridad. Declaró como testigo el 28 de octubre de 2011 durante el juicio, pero ese día uno de los sobrevivientes, Hugo Nin, lo reconoció como uno de los colaboracionistas del hospital.
Las condenas quedaron firmes el 21 de agosto de 2013 cuando la Corte Suprema rechazó el último recurso que le quedaba a la defensa.
En 2014, la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó aplicar el derogado beneficio del «dos por uno», que prevé contar doble la cantidad de días en prisión preventiva a partir de que el imputado cumpliera dos años en esa situación, que había utilizado el tribunal para computar la condena que dictó en 2011 a Bignone y a Muiña.
El juicio no estuvo exento de críticas. Antes de su comienzo fue cuestionado el tiempo que pasó entre la elevación a juicio y el inicio del mismo, tanto así que motivó que la Cámara de Casación Penal reasignara el juicio al Tribunal Oral Federal 3.
Este tribunal tampoco realizó el juicio porque de sus tres integrantes, uno se excusó y fue recusado por la defensa de Bignone y otros dos fueron recusados por la querella por «no garantizar la imparcialidad». Por todo esto finalmente fue reasignado al Tribunal Oral Federal 2.Asimismo, el juicio fue criticado por organizaciones de Derechos Humanos y la propia fiscalía al no haber aceptado la acusación de homicidio contra los imputados —a pesar de que en el Juicio a las Juntas ya estuvieran probados los asesinatos—, y por resultar las sentencias de montos inferiores a los requeridos.
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