El poder ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires (GCABA) o Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires, es ejercido por un jefe de gobierno o gobernador electo por el voto popular en doble vuelta, cuya duración en el cargo es de cuatro años y con la posibilidad de reelección consecutiva por solamente un período más.
Antiguamente, la máxima autoridad de Buenos Aires era un intendente designado por el presidente de la Nación, que contaba con un Concejo Deliberante elegido por voto popular. Sin embargo, tras la reforma constitucional argentina de 1994, se acordó darle a Buenos Aires el estatus de ciudad autónoma, cuyo Jefe de Gobierno es Horacio Rodríguez Larreta, quien encabeza el poder ejecutivo. El jefe es elegido cada cuatro años junto con un vicejefe que preside la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires compuesta por 60 miembros. Cada diputado dura cuatro años en sus funciones, y la legislatura se renueva por mitades cada dos años mediante el voto directo no acumulativo con base en la Ley o al Sistema D'Hondt. El artículo 62 de la constitución porteña señala que el sufragio es libre, igual, secreto, universal, obligatorio y no acumulativo. Los extranjeros residentes gozan de este derecho, con las obligaciones correlativas, en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos empadronados en este distrito, en los términos que establece la ley. En 2015, se intentó incorporar el Sistema de Boleta Única Electrónica, con el fin de "garantizar mejor seguridad en el desarrollo de los comicios".
El Jefe de Gobierno puede designar a sus ministros y secretarios según la mencionada Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Esta constitución, además, prevé también la figura de un ministro coordinador, el Jefe de Gabinete, que tiene institucionalmente el rol de refrendar los decretos y la administración del Presupuesto sancionado por la Legislatura. En el ámbito del poder judicial, de acuerdo a la Ley 24588, la Justicia de la ciudad solamente tiene jurisdicción en temas de penales, vecindad, contravencional y de faltas, contencioso-administrativa y tributaría locales. Se encuentra conformado por el Tribunal Superior de Justicia, el Consejo de la Magistratura, el Ministerio Público y los diferentes Tribunales de la ciudad. Sin embargo, su organización en términos de autonomía legislativa y judicial, es menor -en términos jurídicos- que la de cualquiera de las provincias que componen la República Argentina. La Justicia en asuntos de derecho común que se imparte en la ciudad está regida por el Poder Judicial de la Nación.
A partir de 2007, la ciudad se ha embarcado en un nuevo esquema de descentralización, con la creación de nuevas comunas, que han de ser gestionados por comités electos de siete miembros cada uno. Cada una de ellas posee su propio patrimonio y presupuesto. Al año siguiente, se creó la Policía Metropolitana de Buenos Aires, iniciando sus actividades oficialmente el 5 de febrero de 2010.
Desde 1996 el Gobierno de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires de Argentina está organizado mediante un régimen de autonomía en virtud de lo establecido por la Reforma de la Constitución Argentina del año 1994 (art. 129). Este régimen de autonomía fue precisado en sus características por la Ley Nacional Nº 24.588 y la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires de 1996 que, de acuerdo a lo ordenado por la Constitución Nacional, estableció un régimen republicano, con los tres poderes clásicos (ejecutivo, legislativo y judicial), varios órganos de control y un régimen comunal.
El titular del Poder Ejecutivo lleva el título de Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Con anterioridad a 1996, la ciudad de Buenos Aires era un municipio gobernado por un funcionario con el título de «Intendente», elegido por el presidente de la Nación con acuerdo del Senado y un Concejo Deliberante elegido por voto popular. Denominándose el Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires como Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, o simplemente MCBA.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires goza de un régimen de autonomía especial garantizado por la Constitución Nacional. Existen divergencias, tanto en el mundo político como jurídico, sobre los alcances y límites de esa autonomía. Este Gobierno posee facultades propias legislativas y jurisdiccionales que van en aumento;
siendo asumidas de manera gradual y progresiva. Es al Congreso de la Nación al que le corresponde precisar las limitaciones de la autonomía porteña. Ello ha sido realizado por la Ley Nº 24.588 de 1996, mejor conocida como Ley Cafiero. Entre las limitaciones establecidas por la Ley Cafiero se encuentran varios fueros judiciales (civil, penal, laboral, comercial), varias áreas del transporte, facultades en materia de política laboral, la zona portuaria, etc. Estas limitaciones han generado reclamos por parte de varios sectores políticos porteños y en general los porteños y los ciudadanos del resto de las provincias tienen puntos de vista considerablemente diferentes sobre las limitaciones a la autonomía de Buenos Aires, sobre todo en materia presupuestaria (de dónde debieran provenir los fondos para sostener esas actividades).
En el año 1986 con el expresidente Raúl Alfonsín inició el Proyecto Patagonia que estaba relacionado con el traslado de la Capital Federal a la Ciudad de Viedma. Se abrió por entonces un debate sobre la eventualidad de que la Ciudad de Buenos Aires retornara a la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires, lo que se resolvió con el artículo 6º de la ley 23.512, el cual establecía la provincialización de la ciudad una vez que las autoridades federales estuvieran radicadas en su nueva sede y que se debería convocar a una Convención Constituyente para organizar sus instituciones.
Existieron más 65 intendentes desde el año 1880 a 1996, año que se sancionó la Constitución de Buenos Aires. Hasta entonces la ciudad de Buenos Aires era considerada un municipio en el que el intendente era designado por el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado Nacional. Desde 1996, está ciudad es una de los 24 jurisdicciones de primer orden que conforman la República Argentina (23 provincias y la CABA), y uno de los 24 distritos electorales legislativos nacionales. Así, desde 1996 ha habido 6 Jefes de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, siendo el actual Horacio Rodríguez Larreta.
Según el Artículo 104º de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, estas son las atribuciones y facultades del Jefe de Gobierno:
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