La excomunión es la pena impuesta por ley canónica por la que un católico es parcialmente excluido de la vida de la Iglesia. A lo largo de los siglos, han sido muchas las personas que han sido excomulgadas.
Este es un anexo de los personajes más relevantes excomulgados por la Iglesia católica. Solo incluye excomuniones históricamente reconocidas o impuestas por decreto del papa o de un obispo en comunión con él. Las excomuniones automáticas (latae sententiae), no confirmadas por un obispo, no se listan aunque siguen siendo igualmente válidas.
En el derecho canónico de la Iglesia católica, la excomunión es una censura y por lo tanto una pena medicinal que invita a la persona a cambiar su comportamiento o actitud, arrepentirse y volver a la plena comunión.
Los católicos excomulgados siguen siendo católicos y por ende continúan teniendo obligaciones como ir a misa, aunque les esté prohibido recibir la Eucaristía y ser parte activa en la liturgia (leer o llevar las ofrendas).
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