En criminología, la corrupción o delincuencia empresarial se refiere a delitos y faltas cometidos por una empresa (como persona jurídica) o por personas que actúan en nombre de una empresa. Algunos comportamientos nocivos de las empresas no constituyen delito; esto depende de las leyes y las jurisdicciones que afectan a su actuación. Por ejemplo, algunas jurisdicciones permiten la información privilegiada.
La corrupción empresarial frecuentemente coincide con:
Una decisión de 1886 de la Suprema Corte de Estados Unidos, en el caso del "Condado de Santa Clara vs. Southern Pacific Railroad" (ussc|118|394|1886), ha sido citado en varios juzgados de Estados Unidos como precedente para afirmar que una empresa puede ser definida legalmente como una "persona", tal como se describe en el 14ª enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Esta enmienda estipula que:
En el derecho inglés, esta jurisprudencia se equipara con la decisión de Salomon v Salomon & Co [1897] AC 22. En la jurisprudencia australiana, según la Corporations Act 2001 (Cth)" (Ley Corporativa 2001 (Cth)), una empresa se reconoce legalmente como "persona jurídica".[cita requerida]
El crimen corporativo se ha vuelto políticamente sensible en algunos países. En el Reino Unido, por ejemplo, después de la gran publicidad que se les dio a los accidentes fatales que ocurrieron en las vías ferroviarias y en el mar, el término suele utilizarse para referirse a la negligencia criminal en el ámbito empresarial, y suele incluir un análisis más general acerca de los riesgos tecnológicos que representan las empresas comerciales (véase Wells, 2001).
La Comisión para la Reforma de la Legislación de Nueva Gales del Sur ofrece una explicación de dichas actividades criminales:
De la misma manera, Russell Mokhiber y Robert Weissman (1999) afirman:
Existe una carencia de estudios de alta calidad sobre corrupción empresarial, esto ha hecho difícil la construcción de políticas basadas en la evidencia, por lo que se realizó una revisión sistemática de 106 estudios de prevención y control de delitos empresariales. La revisión agrupó las intervenciones en 6 categorías: (1) leyes, (2) sanciones punitivas, (3) sanciones no punitivas, (4) políticas reguladoras, (5) otras sanciones y (6) tratamientos múltiples. Los resultados indican que las intervenciones jurídicas tienen un efecto disuasorio sobre el incumplimiento de las empresas y no se puede determinar su efecto sobre las infracciones individuales. Las intervenciones de carácter regulador, por su parte, tienen un modesto pero consistente efecto disuasorio en las infracciones individuales y un efecto mixto sobre las empresas. Asimismo, el uso de más de una intervención simultánea tiene un efecto pequeño pero consistente para ambos casos.
Algunas modalidades de delito empresarial:
Diversas investigaciones publicadas a partir de 2000, han encontrado ciertas características generales de la corrupción asociada al sector privado de la economía. Entre las características encontradas destacan:
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