La Constitución portuguesa de 1976 es la actual constitución de la República Portuguesa. Fue adoptada por la Asamblea Constituyente el 2 de abril de 1976 y entró en vigor el 25 de abril de 1976, aniversario de la Revolución de los Claveles. Está compuesta por 311 artículos y ha sido modificada en 7 ocasiones desde su entrada en vigor.
La Constitución de 1976 está muy marcada por las ideas socialistas que fueron el germen de la revolución: el Estado tenía como objetivo socializar los medios de producción y la riqueza (artículo 9). Estas referencias ideológicas fueron eliminadas en las posteriores modificaciones.
La Constitución instaura un régimen semipresidencial parecido al de la Quinta República Francesa.
El presidente tiene una serie de poderes importantes como la nominación del primer ministro y del gobierno a petición de este último, la disolución de la Asamblea de la República y la convocatoria de referéndums o el mando de las fuerzas armadas. No obstante, según el artículo 182, «El gobierno es el órgano que dirige la política general del país y el órgano superior de la administración pública».
Característico de un régimen parlamentario dualista, el artículo 190 señala que «el gobierno es responsable ante el presidente de la República y ante la Asamblea de la República».
En sus inicios, la constitución daba un lugar importante a las fuerzas armadas, que eran el germen de la revolución de 1974. Su papel se institucionalizó con el Consejo de la Revolución que aconsejaba al presidente de la República y garantizaba el buen funcionamiento de las instituciones y el respeto al espíritu de la revolución. No obstante, este consejo fue remplazado por el Consejo de Estado durante la primera revisión constitucional el 30 de septiembre de 1982.
Las disposiciones constitucionales relativas a las fuerzas armadas se encuentran en el título X de la parte 3 de la Constitución.
La Constitución portuguesa habla de las relaciones internacionales en su artículo siete, donde reconoce determinados derechos de los pueblos, principalmente en los puntos segundo y tercero:
2. Portugal preconiza la abolición del imperialismo, del colonialismo y de cualesquiera otras formas de agresión, dominación y explotación en las relaciones entre los pueblos, así como el desarme general, simultáneo y controlado, la disolución de los bloques político-militares y el establecimiento de un sistema de seguridad colectiva, con vistas a la creación de un orden internacional capaz de asegurar la paz y la justicia en las relaciones entre los pueblos.
3. Portugal reconoce el derecho de los pueblos a la autodeterminación e independencia y al desarrollo, así como el derecho a la insurrección contra todas las formas de opresión.
La constitución empieza con un «preámbulo» y la enunciación de los «principios fundamentales» y está compuesta por cuatro partes, divididas en títulos, que a su vez se dividen en capítulos. El texto acaba con unas «Disposiciones finales y transitorias».
Preámbulo
El 25 de abril de 1974, el Movimiento de las Fuerzas Armadas, coronando la larga resistencia del pueblo portugués e interpretando sus sentimientos profundos, derribó el régimen fascista.
La liberación de Portugal de la dictadura, la opresión y el colonialismo representó una transformación revolucionaria y el comienzo de un cambio histórico en la sociedad portuguesa.
La Revolución restauró a los Portugueses los derechos y las libertades fundamentales. En el ejercicio de estos derechos y libertades, los legítimos representantes del pueblo se reúnen para elaborar una Constitución que corresponde a las aspiraciones del país.
La Asamblea Constituyente afirma la decisión del pueblo portugués de defender la independencia nacional, de garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos, de establecer los principios basilares de la democracia, de asegurar el estado de derecho democrático y abrir camino para una sociedad socialista, en el respeto de la voluntad del pueblo portugués, teniendo en vista la construcción de un país más libre, más justo y más fraterno.
La Asamblea Constituyente, reunida en sesión plenaria el 2 de abril de 1976, aprueba y decreta la siguiente Constitución de la República Portuguesa:
Principios fundamentales
Parte I: Derechos y deberes fundamentales
Parte II: Organización económica
Parte III: Organización del poder político
Parte IV: Garantía y revisión de la Constitución
Disposiciones finales y transitorias
Las revisiones constitucionales se rigen por el título II de la parte IV de la constitución. El artículo 285 señala que la « iniciativa de la revisión corresponde a los diputados» y el artículo 286.1 indica que «Las enmiendas a la Constitución se aprueban por mayoría de dos tercios de los Diputados en el ejercicio efectivo de sus funciones».
El artículo 284.1 pone un límite temporal a la revisión. De hecho, afirma que «La Asamblea de la República puede revisar la Constitución una vez transcurridos cinco años desde la fecha de la publicación de la última ley de revisión ordinaria».
Sin embargo, el punto 284.2 indica que ese plazo puede verse modificado ya que «La Asamblea de la República puede, sin embargo, asumir en cualquier momento facultades de revisión extraordinaria por mayoría de cuatro quintas partes de los Diputados en el ejercicio efectivo de sus funciones».
Tras su adopción, la constitución de 1976 ha sufrido siete revisiones constitucionales:
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