Se llama Cancillería Apostólica, antiguamente, Cancillería Romana, a la oficina donde se registran y expiden las disposiciones del Papa.
Se llamó antiguamente Cancillería, la oficina donde se redactaban y sellaban los decretos de los príncipes y magistrados, y Canciller al que en esa oficina ocupaba el primer lugar. Desde la primera edad de la Iglesia, establecieron también los obispos sus Cancillerías, donde se expedían y autorizaban sus estatutos, bajo la dirección del Canciller y se conservaban archivados los originales. La Iglesia Romana estableció, pues, con el mismo objeto su Cancillería para la expedición de las leves y constituciones pontificias, la cual es presidida por un cardenal, con el título de vice-canciller.
En esta oficina, el primer oficial, después del vice-canciller, es el regente al cual corresponde revisar las bulas, enmendar cualquier defecto de redacción y suscribirlas de su mano.
Diccionario teológico, canónico, jurídico, litúrgico, bíblico, etc., Justo Donoso, 1855
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