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Cabo primero



En la jerarquía militar, el cabo primero es el primer grado por encima del de cabo; en algunos ejércitos se lo considera parte de la tropa, mientras que en otros equivale al primer, segundo o tercer grado de la suboficialidad. En el ámbito de los países que forman parte de la OTAN, al grado de cabo primero le corresponde el código OR-5 según la norma STANAG 2116 que estandariza los grados del personal militar.[1]

En la Argentina el grado de cabo primero existe en las tres Fuerzas Armadas.[2]

Insignia de cabo primero del Ejército de Colombia.

En España se recupera, ya que en el siglo XIX existía dicha categoría, con la finalidad de desempeñar funciones de jefe de pelotón según la Ley del 21 de junio de 1940 por la que se creó el empleo intermedio de cabo primero (DO. 42 de 21.06.40, BOE 177 de 25.06.40).

En la Guardia Civil se accede a este empleo por el sistema de antigüedad, una vez adquirido el empleo de cabo por concurso de méritos y oposición, teniendo los empleos de cabo/cabo primero las funciones de jefe de unidad en unidades territoriales del tipo puesto auxiliar, algunos puestos ordinarios, en algunas especialidades (intervenciones de armas, Seprona,..) y área funcional de puesto principal (dependiendo de la entidad del puesto principal) o las funciones de segundo jefe, segundo comandante de puesto o mando auxiliar en unidades territoriales del tipo puesto ordinario o área funcional de puesto principal (dependiendo de la entidad del puesto principal).

En la Guardia Civil, los empleos de cabo/cabo primero constituyen el primer y segundo eslabón en la cadena de mando del Instituto Armado.

Divisa de cabo 1.º del Ejército de Tierra.

Divisa de cabo 1.º de la Armada.

Divisa de cabo 1.º de la Infantería de Marina.

Divisa de cabo 1.º del Ejército del Aire.

Divisa de cabo 1.º de la Guardia Civil.



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